Resolución número 0504 de 2009, por medio de la cual se modifican las Areas de Fondeo del Mar CaribeDepartamento de Bolívar, denominadas 'A', ubicada frente a la refinería de Ecopetrol en Mamonal y la 'E', para Tanqueros en Cartagena y el Area de Fondeo de Bahía Portete, Departamento de La Guajira, establecidas en el artículo 1° de la Resolución número 0372 del 13 de septiembre de 2001. - 3 de Diciembre de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 72303753

Resolución número 0504 de 2009, por medio de la cual se modifican las Areas de Fondeo del Mar CaribeDepartamento de Bolívar, denominadas 'A', ubicada frente a la refinería de Ecopetrol en Mamonal y la 'E', para Tanqueros en Cartagena y el Area de Fondeo de Bahía Portete, Departamento de La Guajira, establecidas en el artículo 1° de la Resolución número 0372 del 13 de septiembre de 2001.

EmisorSociedades De Economia Mixta
Número de Boletín47552

El Director General Maritimo, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 24 del articulo del Decreto-ley 2324 de 1984 y numerales 1 y 3 del articulo 2° del Decreto 1561 de 2002, CONSIDERANDO:

Que la Direccion General Maritima, mediante resolucion numero 372 del 13 de septiembre de 2001, establecio las Areas de Fondeo, Areas de Cuarentena y Areas Restringidas aguas maritimas jurisdiccionales colombianas del Mar Caribe, Archipielago de San Andres, y Providencia y Oceano Pacifico.

Que en el articulo 1° de la resolucion mencionada, se establecio el Area de Fondeo el Mar Caribe-Departamento de la Guajira para Bahia Portete, jurisdiccion de la Capitania de Puerto, de Puerto Bolivar, con carta nautica de referencia COL 229, cuyas coordenadas se señalan a continuacion: A- Lat: 12º 10' 23''N Long: 71º 55' 50''W B- Lat: 12º 11' 23''N Long: 71º 55' 50''W 26 C- Lat: 12º 11' 23''N Long: 71º 56' 20''W D- Lat: 12º 10' 23''N Long: 71º 56' 20''W Que mediante oficio numero 23200900284 MD-DIMAR-CP14 del 9 de septiembre de 2009, la Capitania de Puerto de Puerto Bolivar, solicito la modificacion del area de fondeo, en consideracion a que la Estacion de Guardacostas de Puerto Bolivar, ejerce un permanente control de las embarcaciones que hacen trafico maritimo y que las caracteristicas de dichas embarcaciones y las condiciones meteomarinas predominantes en el area de fondeo vigente generan un alto riesgo tanto para dichas embarcaciones, como para el personal y unidades a flote de la Estacion de Guardacostas.

Que las coordenadas propuestas se señalan a continuacion: A- Lat: 12º 10' 51''N Long: 72º 58' 13''W B- Lat: 12º 10' 51''N Long: 72º 57' 58''W C- Lat: 12º 10' 18''N Long: 72º 58' 13''W D- Lat: 12º 10' 18''N Long: 72º 57' 58''W Que en el articulo primero de la resolucion mencionada, se establecio ademas las Areas de Fondeo para el Mar Caribe - Departamento de Bolivar - Cartagena, denominadas "A", ubicada frente a la refineria de Ecopetrol en Mamonal y la "E", para Tanqueros, con cartas nauticas de referencia COL 261, 263 y 264 cuyas coordenadas se señalan a continuacion: Area de Fondeo "A" A- Lat: 10º 19' 23''N Long: 75º 31' 34''W B- Lat: 10º 19' 23''N Long: 75º 31' 05''W C- Lat: 10º 18' 25''N Long: 75º 31' 05''W D- Lat: 10º 18' 25''N Long: 75º 31' 34''W Area de Fondeo "E" (Tanqueros) A- Lat: 10º 18' 51''N Long: 75º 33' 43''W B- Lat: 10º 18' 51''N Long: 75º 32' 27''W C- Lat: 10º 17' 54''N Long: 75º 32' 27''W...

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