Acuerdo número 06 de 2009, por medio del cual se reforma el reglamento interno de la Junta Directiva del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
Emisor | Establecimientos Públicos |
Número de Boletín | 47546 |
La Junta Directiva, en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el numeral 8 del articulo 39 de la Ley 938 de 2004, ACUERDA:
Reformar el reglamento interno de la Junta Directiva del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses conforme el articulado del presente acuerdo.
15 CAPITULO I Normas Generales en
En atencion a lo establecido en el articulo 38 de la Ley 938 de 2004 la Junta Directiva del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses estara conformada asi: tor 1. Fiscal General de la Nacion o Vicefiscal.
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Ministro del Interior y de Justicia o su delegado.
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Ministro de la Proteccion Social o su delegado.
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Procurador General de la Nacion o su delegado.
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Presidente de la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia o su delegado.
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Defensor del Pueblo o su delegado.
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Presidente de la Asociacion Colombiana de Facultades de Medicina - Ascofame.
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Director General del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
Paragrafo 1°. Presidencia de la Junta. Presidira la Junta Directiva del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses el Fiscal General de la Nacion o el Vicefiscal.
Paragrafo 2°. Secretaria de la Junta Directiva. Actuara como Secretario de la Junta Directiva el Secretario General del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
Paragrafo 3°. Participacion del Director General del Instituto. A la Junta Directiva pertenecera el Director General del Instituto quien participara con voz pero sin voto.
Paragrafo 4°. Acto de delegacion. En el acto de delegacion, que siempre sera escrito, se determinara la autoridad delegataria y las funciones o asuntos especificos cuya atencion Una y decision se transfieren.
La Junta Directiva tendra sesiones en forma ordinaria tres (3) veces por año. Tambien podra sesionar extraordinariamente cuando la convoque su Presidente o el Director General del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
La Junta Directiva por regla general sesionara en las instalaciones de la sede principal del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, salvo que por acuerdo previo de sus miembros, y en forma ocasional, decidan sesionar en lugar diferente.
Son funciones de la Junta Directiva: 1. Aprobar las politicas, estrategias y planes generales del Instituto, presentados por el Director General.
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Aprobar el proyecto de Presupuesto de Gastos e Inversiones conforme a las disposiciones legales establecidas en la ley y en el Estatuto Organico de Presupuesto.
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Establecer y reglamentar el regimen administrativo y de carrera de conformidad con los lineamientos generales consagrados en la Ley 938 de 2004 para la Fiscalia General de la Nacion.
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Desarrollar la estructura interna del Instituto en lo no previsto en la ley, dentro de los lineamientos consignados en ella, previo proyecto presentado por el Director General.
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Aprobar la modificacion de la planta de personal del Instituto y las reformas que sean requeridas para su adecuado funcionamiento previo proyecto presentado por el Director General.
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Examinar los balances y los informes...
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