Concepto de Secretaria Distrital de Planeación, 18-06-2019. (Mesa Intersectorial de Diversidad Sexual) - Normativa - VLEX 800353353

Concepto de Secretaria Distrital de Planeación, 18-06-2019. (Mesa Intersectorial de Diversidad Sexual)

Fecha de publicación18 Junio 2019
MateriaJurídica: Análisis y Conceptos Jurídicos
EmisorSecretaría Distrital de Planeación (Colombia)
SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN Folios: 4
Anexos: No
No. Radicación: 3-2019-13720 No. Radicado Inicial: 3-2019-11650
No. Proceso: 1460241 Fecha: 2019-06-18 07:46
Tercero: SECRETARIA DISTRITAL DE PLANEACION - SDP
Dep. Radicadora: XDirección de Análisis y Conceptos Jurídicos
Clase Doc: Interno Tipo Doc: Memorandos Consec:
EVITE ENGAÑOS: Todo trámite ante esta entidad es gratuito, excepto los costos de reproducción de documentos. Verifique su respuesta en la
página www.sdp.gov.co link "Estado Trámite". Denuncie en la línea 195 opción 1 cualquier irregularidad.
Este documento es una versión impresa del original que fue generado digitalmente
Es válido legalmente al amparo del artículo 12 del Decreto 2150 de 1995 y del artículo 7° de la Ley 527 de 1999
MEMORANDO
Fecha: 13 de junio de 2019
Para: JUAN CARLOS PRIETO GARCÍA
Director de Diversidad Sexual
De: MIGUEL HENAO HENAO
Director de Análisis y Conceptos Jurídicos
Radicado: 3-2019-11650.
Asunto: Solicitud concepto jurídico.
Apreciado Juan Carlos:
Esta Dirección recibió la solicitud del asunto, mediante la cual eleva consulta frente a unas
inquietudes planteadas respecto de la Mesa Intersectorial de Diversidad Sexual.
Al respecto, es de anotar que el artículo 32 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 creó el
Sistema de Coordinación de la Administración del Distrito Capital como el conjunto de
políticas, estrategias, instancias y mecanismos que permiten articular la gestión de los
organismos y entidades distritales, de manera que se garantice la efectividad y
materialización de los derechos humanos, individuales y colectivos, y el adecuado y
oportuno suministro de los bienes y la prestación de los servicios a sus habitantes y
dispuso las instancias del sistema de coordinación, manteniendo plena vigencia los
Consejos o Comités que hubieren sido creados por el Concejo Distrital con anterioridad a
la entrada en vigencia del citado acuerdo1.
Entre las instancias de coordinación establecidas en el artículo 33 del Acuerdo Distrital
257 de 2006, se establecen las siguientes:
a. El Consejo de Gobierno Distrital.
b. El Consejo Distrital de Seguridad.
c. Los Consejos Superiores de la Administración Distrital.
d. Los Comités Sectoriales de Desarrollo Administrativo.
1 Artículo 33 del Acuerdo Distrital 257 de 2006.

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