Ministerio de Transporte número 6 DE 2020 - Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible Número 1 de 2020 - 12 de Mayo de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 844582594

Ministerio de Transporte número 6 DE 2020 - Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible Número 1 de 2020

EmisorMinisterio de Transporte, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Número de Boletín51312

MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

800 - 2 - 01427

(mayo 11)

Para: Autoridades Nacionales, Departamentales, Municipales, Corporaciones Autónomas Regionales, Contratistas, Concesionarios, Personal que se encuentra ejecutando Proyectos de Infraestructura de Transporte, Obra Pública e Interventores, Transportadores, Comunidad en General.

De: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible - Ministerio de Transporte

Asunto: Medidas preventivas y de mitigación para la protección de la fauna silvestre en los proyectos de infraestructura de transporte, en el marco de la emergencia sanitaria.

Fecha: 11 de mayo de 2020.

En atención a la reciente información pública, que da cuenta del avistamiento de fauna silvestre en sectores antes no frecuentados por la misma, incluyendo vías (carreteras, fluviales, marítimas) y predios (privados o públicos), y en consideración a los posibles cambios temporales en los hábitos de movilización de dicha fauna (en cuanto a rutas y a número de individuos en tránsito entre otras dinámicas naturales), como efecto, entre otros, del cese o disminución considerable en el desplazamiento de las personas o comunidades, la operación y prestación de servicios de las diferentes infraestructuras, y en general de la actividad industrial, con motivo del aislamiento preventivo declarado por el Gobierno nacional durante las etapas de contención y mitigación del COVID-19, se ha considerado necesario prevenir el atropellamiento, caza y/o muerte de nuestra fauna silvestre, así como el aumento de la accidentalidad vial durante el período de aislamiento y durante la reactivación gradual de las actividades socioeconómicas del país.

En consideración de lo expuesto se recomienda a las autoridades territoriales y locales competentes, a las autoridades ambientales, a los concesionarios viales según corresponda al ámbito de sus competencias, implementar dentro de su jurisdicción, en todas las regiones del país, medidas que permitan prevenir casos de atropellamiento, caza y/o muerte de ejemplares de la fauna silvestre y la accidentalidad vial durante la cuarentena total y parcial, y luego del levantamiento de la misma.

Entre las medidas recomendadas se encuentran:

1. Durante el período de aislamiento/ cuarentena total o parcial

· Identificar herramientas con las que se cuenta para la detección de actividad de fauna silvestre (personal, cámaras de vigilancia, etc.) que puedan ser fuente de información para reconocer espacios con...

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