Resolución número 3446 de 2013, por la cual se autoriza la entrega de dotación mobiliaria para el fortalecimiento y/o mejoramiento de la infraestructura cultural de varios municipios - 23 de Noviembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 478027954

Resolución número 3446 de 2013, por la cual se autoriza la entrega de dotación mobiliaria para el fortalecimiento y/o mejoramiento de la infraestructura cultural de varios municipios

EmisorMinisterio de Cultura
Número de Boletín48983

La Ministra de Cultura, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere la Ley 397 de 1997, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 70 de la Constitución Política de Colombia establece que: "... El Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional", y que "El Estado promoverá la investigación, la ciencia, el desarrollo y la difusión de los valores culturales de la Nación";

Que al tenor de lo dispuesto en el artículo 311 de la Constitución Política, es deber de los municipios promover el mejoramiento social y cultural de sus habitantes;

Que el artículo 288 de la Constitución Política prevé que: "Las competencias atribuidas a los distintos niveles territoriales serán ejercidas conforme a los principios de coordinación, concurrencia y subsidiariedad en los términos que establezca la ley";

Que según el artículo 22 de la Ley 397 de 1997, "El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, definirá y aplicará medidas concretas conducentes a estimular la creación, funcionamiento y mejoramiento de espacios públicos, aptos para la realización de actividades culturales y, en general, propiciará la infraestructura que las expresiones culturales requieran";

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas deben prestar su colaboración a las demás entidades para el ejercicio de sus funciones;

Que dentro de las funciones atribuidas a los Ministerios, en el artículo 59 de la Ley 489 de 1998, se encuentra la de coordinar la ejecución de sus planes y programas con las entidades territoriales y prestarles asesoría, cooperación y asistencia técnica;

Que el Ministerio de Cultura, atendiendo los principios de solidaridad, complemen-tariedad y subsidiariedad consignados en la Constitución Política y lo preceptuado en las Leyes 397 de 1997 y 489 de 1998, coadyuvará en la creación de infraestructura cultural y en la dotación de mobiliario para el adecuado desarrollo de la misma;

Que el Ministerio de Cultura concibe los equipamientos culturales como los espacios en donde se desarrollan y socializan bienes, servicios y manifestaciones culturales, entendiéndose por infraestructura cultural las obras físicas destinadas tanto a la difusión como a la creación y organización cultural, por cuanto abren espacios para la expresión de la creatividad e innovación de los individuos y comunidades;

Que atendiendo la gran demanda que existe por parte de los entes territoriales en materia de infraestructura y dotaciones culturales, el Ministerio de Cultura, en su Plan de Acción, previó proveer de las dotaciones necesarias para el adecuado aprovechamiento de su infraestructura cultural, a aquellas que han sido cofinanciadas y/o gestionadas con el apoyo del Ministerio;

Que la dotación mobiliaria está conformada por sillas apilables, sillas giratorias, mesas de lectura, mesas modulares para computador, mesas modulares para puestos de trabajo, mesas higiénicas para cambiar bebés, archivadores, estanterías para libros, estanterías para exhibición de libros y revistas, gabinetes de primeros auxilios, estantes para televisor y DVD, cojines multifuncionales, avisos de señalización y extintores;

Que para dar cumplimiento a los preceptos constitucionales y legales, se hace necesario autorizar la entrega de dotación mobiliaria para el fortalecimiento y/o mejoramiento de la infraestructura cultural de los municipios que seguidamente se indican y designar la dependencia que en el interior del Ministerio de Cultura deberá coordinar y adelantar la entrega de dicha dotación:

  1. Anorí-Antioquia.

  2. Nechí-Antioquia.

  3. Tarazá-Antioquia.

  4. Zaragoza-Antioquia.

  5. Achí-Bolívar.

  6. Cicuco-Bolívar.

  7. Hatillo de Loba-Bolívar.

  8. Bolívar-Cauca.

  9. Florencia-Cauca.

  10. Morales-Cauca.

  11. Puerto Salgar-Cundinamarca.

  12. Puerto Libertador-Córdoba.

  13. Puerto Escondido-Córdoba.

  14. Buenavista-Córdoba.

  15. Istmina-Chocó.

  16. Alto Baudó-Chocó.

  17. Riohacha-Guajira.

  18. Fuente de Oro-Meta.

  19. San Carlos de Guaroa-Meta.

  20. Villa del Rosario-Norte de Santander.

  21. El Roble-Sucre.

  22. Buenaventura-Valle.

  23. Candelaria-Valle.

  24. Trujillo-Valle.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Autorizar la entrega de la dotación mobiliaria que se relaciona a continuación, a los municipios citados en la parte considerativa de la presente resolución, así:

ÍTEM ESPECIFICACIONES TÉCNICAS CON PRECISIONES Y AJUSTES CANTIDAD POR BIBLIOTECA
1 2 Sillas apilables para adultos. Estructura metálica: Elaborada en tubo de acero cold-roll calibre 18; de sección ovalada o redonda metálica. Espaldar y asiento: Elaborados en plástico de alta resistencia polipropileno. Color azul. Terminado de la estructura metálica: Desengrase o limpieza del material metálico para pintar, aplicación de una mano de pintura anticorrosiva y terminado con pintura al horno en polvo electroestático color gris cofrado. 33
Sillas apilables para niños. Estructura metálica: Elaborada en tubo de acero cold-roll calibre 18; de sección ovalada o redonda metálico; con
...

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