Quiénes no deberán declarar renta este año - 27 de Enero de 2018 - El Tiempo - Noticias - VLEX 701617177

Quiénes no deberán declarar renta este año

Iniciado el 2018 y tras las festividades de fin de año llega la hora de programar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, entre ellas la declaración de renta, cuyos pagos están establecidos a partir del 9 de agosto, según el Decreto 1951, que expidió en noviembre del 2017 la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian). Según la norma, los asalariados cuyo 80 por ciento de los ingresos provenga de una relación o contrato laboral, tendrán que declarar si en el 2017 recibieron 44’603.000 pesos o una cifra mayor por concepto de ingresos. Pero si en el 2017 las entradas de dinero fueron menores a esta cifra y además cumple en su totalidad con las siguientes cuatro condiciones, el asalariado no estará en la obligación de presentarla: 1. Que su patrimonio bruto (sin descontar deudas) en el último día del 2017 no haya superado los 143’366.000 pesos, equivalente a 4.500 unidades de valor tributario. 2. Que sus compras con tarjetas de crédito no hayan superado los 44’603.000 pesos el año anterior. 3. Que el valor de sus compras totales en el año no pasen de 44’603.000 pesos. 4. Que el valor de las consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras acumuladas no supere los 44’603.000 pesos. Estas mismas condiciones aplican a las personas y sucesiones ilíquidas que no sean responsables del impuesto a las ventas, que tienen un ingreso pero este no proviene de una relación laboral que implique el pago de un salario de forma mensual. Los plazos para presentar la declaración inician el 9 de agosto y terminan el 19 de octubre y, al igual que el año pasado, se hará en forma...

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