RESOLUCION NUMERO 02428 DE 2008 , (septiembre 2) , por la cual se establecen los nombres y códigos de identificación de los Centros de Formación Profesional del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA . - 2 de Septiembre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 47010717

RESOLUCION NUMERO 02428 DE 2008 , (septiembre 2) , por la cual se establecen los nombres y códigos de identificación de los Centros de Formación Profesional del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA .

EmisorVarios - Servicio Nacional de Aprendizaje Sena
Número de Boletín47101

El Director General del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por los artículos , 25 y 31 del Decreto 249 de 2004, y CONSIDERANDO: Que el numeral 4 del artículo del Decreto 249 de 2004 establece como función del Director General: "Dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y técnicas de los proyectos operativos, dictar los actos administrativos, celebrar los contratos necesarios para la gestión administrativa, los convenios de cooperación técnica nacional e interna cional, contratar expertos nacionales o extranjeros cuyos conocimientos o experiencia se requieran para adelantar programas o proyectos institucionales, con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes";

Que por disposición del artículo 25 del Decreto 249 de 2004: "Los Centros de Formación Profesional integral, son las dependencias responsables de la prestación de los servicios de Formación Profesional Integral, los servicios tecnológicos, la promoción y el desarrollo del empresarismo , la normalización y evaluación de competencias laborales, en interacción con entes públicos y privados y en articulación con las cadenas productivas y los sectores económicos (...) Estos operarán en sedes fijas, con un área de jurisdicción determinada, para dar respuesta a las necesidades de su entorno, confíexibilidad , oportunidad, calidad y pertinencia...";

Que el inciso 3° del artículo 25 del Decreto 249 de 2004 le otorga al Director General de la entidad la facultad de "crear mediante acto administrativo Centros o programas itinerantes de Formación Profesional Integral, y determinar su organización, jurisdicción, funciones y recursos requeridos para garantizar su operación y el cumplimiento de metas deformación", de conformidad con los criterios adoptados por el Consejo Directivo Nacional;

Que en virtud del artículo 31 del Decreto 249 de 2004 "El Director General determinará la clasificación de los Centros de Formación, su sede y jurisdicción, así como la creación y conformación de comités y grupos internos de trabajo que demanda el cumplimiento de sus funciones";

Que ante la necesidad de adoptar una codificación unificada para la Dirección General, las Regionales y los Centros de Formación de la Entidad, de conformidad con la estructura determinada en el Decreto 249 del 28 de enero de 2004, se expidió...

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