Nota aclaratoria a ponencia positiva para primer debate del proyecto de ley número 251 de 2021 Senado, por medio de la cual se aprueba el "Acuerdo Regional sobre el acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe", adoptado en Escazú, Costa Rica, el 4 de marzo de 2018 - 23 de Febrero de 2022 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 897413716

Nota aclaratoria a ponencia positiva para primer debate del proyecto de ley número 251 de 2021 Senado, por medio de la cual se aprueba el "Acuerdo Regional sobre el acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe", adoptado en Escazú, Costa Rica, el 4 de marzo de 2018

Fecha de publicación23 Febrero 2022
Número de Gaceta106
Tipo de documentoColombian History Events
DIRECTORES:
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXXI - Nº 106 Bogotá, D. C., miércoles, 23 de febrero de 2022 EDICIÓN DE 14 PÁGINAS
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
G a c e t a d e l C o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
Gaceta del congreso 186 Lunes, 25 de abril de 2016 Página 1
PROYECTOS DE LEY
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
www.imprenta.gov.co
SENADO Y CÁMARA
AÑO XXV - Nº 186 Bogotá, D. C., lunes, 25 de abril de 2016 EDICIÓN DE 36 PÁGINAS
DIRECTORES:
REPÚBLICA DE COLOMBIA
RAMA LEGISLATIVA DEL PODER PÚBLICO
S E N A D O D E L A R E P Ú B L I C A
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO
SECRETARIO GENERAL DE LA CÁMARA
www.camara.gov.co
GREGORIO ELJACH PACHECO
SECRETARIO GENERAL DEL SENADO
www.secretariasenado.gov.co
g
a c e t a d e l c o n g r e s o
I S S N 0 1 2 3 - 9 0 6 6
PROYECTO DE LEY NÚMERO 163 DE 2016
SENADO
por medio de la cual se expide la ley del actor para
garantizar los derechos laborales, culturales y de
autor de los actores y actrices en Colombia.
CAPÍTULO I
Objeto, ámbito de aplicación y deniciones
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene por ob-
jeto establecer un conjunto de medidas que garanticen
el ejercicio de la actuación como una profesión en Co-
lombia, protegiendo los derechos laborales, culturales
y de autor de los actores y actrices en sus creaciones,
conservación, desarrollo y difusión de su trabajo y
obras artísticas.
Artículo 2°. Ámbito de la ley. La presente ley regula
lo concerniente a la actuación como profesión, derechos
laborales y oportunidades de empleo, derechos de autor,
difusión del trabajo de los actores y régimen sancionato-
rio, entre otros; brindando herramientas para dignicar
esta labor por sus aportes culturales a la nación.
Parágrafo. La presente ley rige para todo tipo de
producciones o actividades que requieran de actores y
actrices para su realización, bien sean escénicas, tea-
trales, audiovisuales, sonoras o de doblaje.
Artículo 3°. Actor o actriz. Se considera actor para
efectos de esta ley, aquel creador que se sirve de su cuer-
po, su voz, su intelecto y su capacidad histriónica para
crear personajes e interpretaciones en producciones tea-
trales y todo tipo de expresiones artísticas y realizaciones
audiovisuales, radiales y demás medios. El actor o actriz
es titular de derechos morales y patrimoniales de autor.
Artículo 4°. Actor profesional. Para efectos de esta
ley se entiende por actor profesional aquel actor o ac-
triz que acredite alguno de los siguientes requisitos:
i) Título profesional de maestro en artes escénicas
o títulos anes;
ii) Experiencia de trabajo actoral mayor de diez
(10) años acumulados y certicados en cualquier me-
dio escénico o audiovisual, avalada por el Comité de
Acreditación Actoral;
iii) Combinación entre educación informal, técni-
ca o tecnológica y, experiencia de trabajo actoral mí-
nimo de cinco (5) años acumulados y certicados en
cualquier medio escénico o audiovisual, avalada por el
Comité de Acreditación Actoral.
Artículo 5°. Ensayo, caracterización, actividad pre-
paratoria y conexa a la creación de personajes. Es toda
actividad propia de la actuación, mediante la cual el
actor o actriz prepara la creación o caracterización del
personaje, ensaya la realización de la obra, investiga,
estudia, memoriza guiones y realiza cualquier otra acti-
vidad relacionada con el mismo, en el lugar de trabajo
y fuera de él.
Artículo 6°. Creaciones artísticas como patrimo-
nio cultural. Las creaciones artísticas de los actores,
como agentes generadores de patrimonio cultural de
la nación, contribuyen a la construcción de identidad
cultural y memoria de la nación. De acuerdo con lo an-
terior, el trabajo de los actores profesionales debe ser
protegido y sus derechos garantizados por el Estado.
Las producciones dramáticas en cine, televisión, teatro
y otras formas de lenguaje escénico o audiovisual son
bienes de interés cultural.
Artículo 7°. Roles en creaciones artísticas. Entién-
dase por creaciones artísticas:
– Rol protagónico: Personaje interpretado por un
actor o actriz, alrededor del cual gira la trama central
de la producción.
Rol coprotagónico o antagónico: Personaje inter-
pretado por un actor o actriz que, teniendo su propia
historia dentro de la trama, esta gira alrededor de los
protagonistas.
NOTAS ACLARATORIAS
NOTA ACLARATORIA A PONENCIA
POSITIVA PARA PRIMER DEBATE DEL
PROYECTO DE LEY NÚMERO 251 DE 2021
SENADO
por medio de la cual se aprueba el “Acuerdo Regional
sobre el acceso a la información, la participación
pública y el acceso a la justicia en asuntos
ambientales en América Latina y el Caribe”, adoptado
en Escazú, Costa Rica, el 4 de marzo de 2018.
Comisión Segunda Constitucional Permanente
Edificio Nuevo del Congreso. Carrera 7ª N° 8 68. Oficina 233
Teléfonos: 3824255 - 3824258, FAX 3824257
comisión.segunda@senado.gov.cocomse gundsenado@yahoo.es
1
CSE-CS-CV19-0024-2022
Bogotá D.C., 23 de febrero de 2022
NOTA ACLAR ATORIA
En la presente fecha se solicita publicar nuevamente en la Gaceta del Congreso de la
República, la ponencia para primer debate del Proyecto de Ley No. 251/21 Senado
POR MEDIO DE LA CUAL SE APRUEBA EL ACUERDO REGIONAL SOBRE EL
ACCESO A LA INFORMACIÓN, LA PARTICIPACIÓN PÚBLICA Y EL ACCESO A LA
JUSTICIA EN ASUNTOS AMBIENTALES EN AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE”,
ADOPTADO EN ESCAZÚ, COSTA RICA, EL 4 DE MARZO DE 2018, la cual había
sido publicado inicialmente en la Gaceta No. 95 de 2022, pero el texto propuesto para
primer debate en la última página del documento quedó con un error de transcripción, el
cual por petición de los ponentes se hace necesario volver a publicar.
Ponentes: Honorables Senadores Iván Cepeda Castro, Antonio Sanguino Páez y
Feliciano Valencia Medina.
Cordialmente.
DIEGO ALEJANDRO GONZÁLEZ GONZÁLEZ
Secretario Comisión Segunda
Edificio Nuevo del Congreso
Carrera 7ª No. 8 68, Bogotá.
1
Bogotá D. C., 16 de febrero de 2022
Senadora
PAOLA HOLGUÍN MORENO
Presidenta
Comisión Segunda Constitucional Permanente
Senado de la República
Asunto: Informe de ponencia positiva para primer debate en el Senado de la República al Proyecto de Ley
N° 251 de 2021 Senado “Por medio de la cual se aprueba el «Acuerdo Regional sobre el acceso a la información,
la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe», adoptado en
Escazú, Costa Rica, el 4 de marzo de 2018”
Atendiendo a la designación realizada por la Mesa Directiva de la Comisión Segunda del Senado de la
República presentamos informe de PONENCIA POSITIVA para primer debate en Senado al Proyecto de
Ley N° 251 de 2021 Senado
“Por medio de la cual se aprueba el «Acuerdo Regional sobre el acceso a
la información, la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales en América
Latina y el Caribe», adoptado en Escazú, Costa Rica, el 4 de marzo de 2018”
.
El proceso regional de adopción del Acuerdo de Escazú en 2018 es un ejemplo de cómo los países de América
Latina y el Caribe, bajo un enfoque de concertación, progresividad y cooperación se unen para avanzar en el
fortalecimiento de la democracia con perspectiva ambiental, para enfrentar desafíos comunes en torno al
progreso social y económico de la región. Con este tratado de derechos humanos, dedicado a cualificar las
garantías de acceso a la información, participación, justicia, protección y desarrollo, América Latina y el Caribe
están dotando de herramientas y capacidades a los Estados y sus ciudadanías para transformar los conflictos
socio-ambientales del actual contexto en escenarios de paz, prosperidad y sustentabilidad para las generaciones
presentes y futuras.
Agradecemos, Señora Presidenta, se someta este importante instrumento internacional, en materia de
derechos humanos, al trámite que ordenan la Constitución Política y la ley.
Atentamente,
IVÁN CEPEDA CASTRO FELICIANO VALENCIA M. ANTONIO SANGUINO P.
Senador de la República Senador de la República Senador de la República
Polo Democrático Alternativo Movimiento MAIS Partido Alianza Verde

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