Decreto número 3489 de 2007, por el cual se crea la Notaría Doce en el Círculo Notarial de Barranquilla, departamento del Atlántico. - 13 de Septiembre de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51311630

Decreto número 3489 de 2007, por el cual se crea la Notaría Doce en el Círculo Notarial de Barranquilla, departamento del Atlántico.

EmisorMinisterio del Interior y de Justicia
Número de Boletín46750

El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el articulo 131 de la Constitucion Politica, CONSIDERANDO:

Que el incremento en los volumenes de escrituracion, el crecimiento de la poblacion, la asignacion de nuevas funciones a las Notarias y la necesidad de mejorar la prestacion del servicio Notarial, hacen indispensable la creacion de nuevas Notarias que den respuesta a las actuales circunstancias de progreso economico y social de la ciudad de Barranquilla;

Que la Superintendencia de Notariado y Registro ha recibido solicitudes provenientes de la ciudadania y autoridades municipales, en el sentido de ampliar la cobertura notarial en la ciudad de Barranquilla, departamento de Atlantico;

Que la ciudad de Barranquilla cuenta con una poblacion estimada de 1.113.016 habitantes segun el censo del Dane año 2005;

Que la ciudad de Barranquilla, actualmente cuenta con once Notarias, de las cuales nueve se encuentran en el centro de la ciudad, originando una concentracion en la prestacion del servicio Notarial;

Que segun el estudio tecnico notarial de fecha 13 de julio de 2007, elaborado por la Superintendencia de Notariado y Registro se demuestra la factibilidad para atender favorablemente la creacion de otra Notaria en la Ciudad de Barranquilla;

Que la señora Superintendente de Notariado y Registro, basada en el respectivo estudio tecnico notarial, y de conformidad con el contenido del numeral 15 del articulo 13 del Decreto 412 de 2007, propone al Gobierno Nacional la creacion de la Notaria Doce del Circulo Notarial de Barranquilla, departamento del Atlantico;

Que de conformidad con lo dispuesto en el articulo 157 del Decreto 960 de 1970, modificado por el articulo 44 del Decreto 2163 de 1970, inciso 2°. "La Superintendencia de Notariado y Registro determinara la...

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