El suscrito Secretario del Juzgado Segundo de Familia de Bogotá, D. C. notifica del proceso de interdicción de Germán Alirio Ocampo Aguilar - 25 de Febrero de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 52374577

El suscrito Secretario del Juzgado Segundo de Familia de Bogotá, D. C. notifica del proceso de interdicción de Germán Alirio Ocampo Aguilar

EmisorVarios
Número de Boletín47274

de Familia de Bogota, D. C.

NOTIFICA AL PUELICO:

Que mediante sentencia de fecha primero (1°) de abril de dos mil ocho (2008), proferida dentro del proceso de interdiccion de German Alirio Ocampo Aguilar, se dicto sentencia que en su fecha y parte pertinente dice: Juzgado de Familia de Bogota, D. C., Primero (1°) de abril de dos mil ocho (2008)...

En merito de lo anteriormente expuesto, El Juzgado Segundo de Familia de Bogota, D.C., Administrando Justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la ley, RESUELVE:

Primero. Declarar la interdiccion judicial de German Alirio Ocampo Aguilar.

Segundo. Designar como curador de la interdicta a Hilda Aguilar de Ocampo. Para su posesion y discernimiento se tendra en cuenta lo previsto en el articulo 655 del Codigo de Procedimiento Civil.

Tercero. Ordenar la inscripcion de esta sentencia en los folios de registro civil correspondientes y notifiquese por aviso que se insertara una vez por lo menos en el Diario Oficial y en un periodico de amplia circulacion nacional, como puede ser La Republica, El Espectador, El Tiempo, o El Siglo.

Cuarto. Para la efectividad de esta sentencia, expidase las copias que soliciten los interesados. Consultese con el Superior. Oficiese, copiese, notifiquese y cumplase, La Juez (Fdo), Maria Helena Prieto de Garcia.

Que mediante sentencia de fecha catorce (14) de octubre de dos mil ocho (2008), proferida dentro del proceso de interdiccion de German Alirio Ocampo Aguilar, se dicto sentencia que en su fecha y parte pertinente dice: Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota, D. C., Sala de Familia Bogota, D. C., catorce (14) de octubre del año dos mil ocho (2008)...

En merito de lo expuesto, la...

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