Notificación por aviso de la Resolución número 003001 de 2011 - 28 de Febrero de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354984734

Notificación por aviso de la Resolución número 003001 de 2011

EmisorSuperintendencias
Número de Boletín48357
7
Edición 48.357
Martes, 28 de febrero de 2012 D I A R I O O F I C I A L
NOTIFICACIÓN POR AVISO
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Mental Integral, hoy Corporación Instituto de Salud Mental Integral, INSAI, el contenido
de la Resolución número 002996 del 27 de octubre de 2011, en cuyo encabezado dice:
RESOLUCIÓN NÚMERO 002996 DE 2011
(octubre 27)
por la cual se resuelve una investigación administrativa.
La Superintendente Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos
para Salud,
CONSIDERANDO:
(…)
RESUELVE:
Artículo 1°. Sancionar a la IPS Instituto de Salud Mental Integral, hoy Corporación

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con corte a 31 de diciembre de 2008, en las condiciones establecidas por la Circular Única
de la Superintendencia Nacional de Salud.
Artículo 2°. Imponer a la IPS Instituto de Salud Mental Integral, hoy Corporación
-
tente en diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes, a la fecha de expedición
de esta resolución.
Artículo 3°. Establecer -
rriente número 031-7054600-2 de Bancolombia, denominada recursos por multas de la
Superintendencia Nacional de Salud, dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria
de la presente resolución. Copia del respectivo recibo de consignación debe enviarse a la
Superintendencia Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para

a más tardar dentro de los cinco días siguientes al pago, so pena de traslado a la autoridad
competente.
Artículo 4°.  personalmente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 44 del
tendencia Nacional de Salud, el contenido de la presente resolución al representante legal
de la IPS Instituto de Salud Mental Integral, hoy Corporacion Instituto de Salud Mental

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apelación, los cuales deberán interponerse por escrito ante este Despacho, ubicado en la
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edicto con la inserción de la parte resolutiva de esta resolución.
Artículo 5°. Ordenar a la IPS Instituto de Salud Mental Integral, hoy Corporacion
 -
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al periodo con corte a 31 de diciembre de 2008, de acuerdo a los parámetros establecidos
en la Circular Única.
Artículo 6°. Declarar la caducidad de la facultad sancionatoria de la Superintendente
Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud de la
Superintendencia Nacional de Salud, respecto al periodo correspondiente al 31 de diciem-
bre de 2007 y junio de 2008, según lo expuesto en la parte considerativa del presente acto
administrativo.
Artículo 7°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Dada en Bogotá, D. C., a 27 de octubre de 2011.
La Superintendente Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos
para la Salud,
Claudia Constanza Rivero Betancur.
(C. F.).
NOTIFICACIÓN POR AVISO
-
cialistas Línea Oral Ltda., el contenido de la Resolución número 003001 del 27 de octubre
de 2011, en cuyo encabezado dice:
RESOLUCIÓN NÚMERO 003001 DE 2011
(octubre 27)
por la cual se resuelve una investigación administrativa.
La Superintendente Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos
para Salud,
CONSIDERANDO:
(…)
RESUELVE:
Artículo 1°. Sancionar

contable correspondiente al período con corte a 31 de diciembre de 2008 en las condiciones
establecidas por la Circular Única de la Superintendencia Nacional de Salud.
Artículo 2°. Imponer a   
con NIT 830101745, multa consistente en diez (10) salarios mínimos legales mensuales
vigentes, a la fecha de expedición de esta resolución.
Artículo 3°. Establecer -
rriente número 031-7054600-2 de Bancolombia, denominada recursos por multas de la
Superintendencia Nacional de Salud, dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria
de la presente resolución. Copia del respectivo recibo de consignación debe enviarse a la
Superintendencia Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para

a más tardar dentro de los cinco días siguientes al pago, so pena de traslado a la autoridad
competente.
Artículo 4°.  personalmente, conforme a lo preceptuado en el artículo 44 del
Nacional de Salud, el contenido de la presente resolución a la IPS Clínica de Especialistas

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contra la presente decisión procede el recurso de reposición y en subsidio el de apelación,
los cuales deberán interponerse por escrito ante la Superintendencia Delegada para la Ge-
neración y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud, en la carrera 7 N° 32-16 piso

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edicto con la inserción de la parte resolutiva de este acto administrativo.
Artículo 5°. Ordenar   
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en la misma, correspondiente al periodo con corte a 31 de diciembre de 2008, de acuerdo
a los parámetros establecidos en la Circular Única.
Artículo 6°. Declarar la caducidad de la facultad sancionatoria de la Superintendente
Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud de la
Superintendencia Nacional de Salud, respecto al periodo correspondiente al 31 de diciembre
de 2007 y 30 de junio de 2008, según lo expuesto en la parte considerativa de la presente
resolución.
Artículo 7°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Dada en Bogotá, D. C., a 27 de octubre de 2011.
La Superintendente Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos
para la Salud,
Claudia Constanza Rivero Betancur.
(C. F.).
NOTIFICACIÓN POR AVISO
   
del Occidente IPS Ltda., el contenido de la Resolución número 003004 del 27 de octubre
de 2011, en cuyo encabezado dice:
RESOLUCIÓN NÚMERO 003004 DE 2011
(octubre 27)
por la cual se resuelve una investigación administrativa.
La Superintendente Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos
para Salud,
CONSIDERANDO
(…)
RESUELVE:
Artículo 1°. Exonerar, 
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y contable correspondiente al período con corte a 31 de diciembre de 2007 y 30 de junio
de 2008, en las condiciones establecidas en la Circular Única de la Superintendencia Na-
cional de Salud.
Artículo 2°. Sancionar,

contable correspondiente al período con corte a 31 de diciembre de 2008 en las condiciones
establecidas en la Circular Única de la Superintendencia Nacional de Salud.
Artículo 3°. Imponer, a   
con NIT820001910, multa consistente en diez (10) salarios mínimos legales mensuales
vigentes, a la fecha de expedición de esta resolución.
Artículo 4°. Establecer, El valor de la multa debe ser consignada en la cuenta co-
rriente número 031-7054600-2 de Bancolombia, denominada recursos por multas de la
Superintendencia Nacional de Salud, dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria
de la presente resolución. Copia del respectivo recibo de consignación debe enviarse a la
Superintendencia Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos
   
esta ciudad, a más tardar dentro de los cinco días siguientes al pago, so pena de traslado a
la autoridad competente.

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