Notificación por aviso de la Resolución número 004245 de 2011
Emisor | Superintendencias |
Número de Boletín | 48357 |
13
Edición 48.357
Martes, 28 de febrero de 2012 D I A R I O O F I C I A L
NOTIFICACIÓN POR AVISO
Norte Limitada, el contenido de la Resolución número 004237 del 30 de diciembre de 2011,
en cuyo encabezado dice:
RESOLUCIÓN NÚMERO 004237 DE 2011
(diciembre 30)
por la cual se resuelve una investigación administrativa.
La Superintendente Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos
para la Salud,
CONSIDERANDO:
(…)
RESUELVE:
Artículo 1°. Declarar la caducidad de la facultad sancionatoria de la Superintendente
Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud de la
Superintendencia Nacional de Salud, respecto al periodo correspondiente al 31 de diciembre
de 2007 y 30 de junio de 2008, según lo expuesto en la parte considerativa del presente
acto administrativo.
Artículo 2°. Sancionar
contable correspondiente al período con corte a 31 de diciembre de 2008 en las condiciones
establecidas en la Circular Única de la Superintendencia Nacional de Salud.
Artículo 3°. Imponer
805027407, multa consistente en diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes, a
la fecha de expedición de esta resolución.
Artículo 4°. Establecer el valor de la multa debe ser consignada en la cuenta corriente
número 031-7054600-2 de Bancolombia, denominada recursos por multas de la Super-
intendencia Nacional de Salud, dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de
la presente Resolución. Copia del respectivo recibo de consignación debe enviarse a la
Superintendencia Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos
esta ciudad, a más tardar dentro de los cinco días siguientes al pago, so pena de traslado a
la autoridad competente.
Artículo 5°. personalmente, de acuerdo a lo establecido en los artículos 44
cia Nacional de Salud, el contenido de la presente Resolución al representante legal de la
-
de apelación, los cuales deberán interponerse por escrito ante este Despacho ubicado en la
edicto con la inserción de la parte resolutiva de este acto administrativo.
Artículo 6°. Ordenar
-
nes, con las formalidades señaladas en la misma, correspondiente al periodo con corte a
diciembre de 2008.
Artículo 7°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en Bogotá, D. C., a 30 de diciembre de 2011.
La Superintendente Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos
para el sector Salud,
Claudia Constanza Rivero Betancur.
(C. F.).
NOTIFICACIÓN POR AVISO
y Asesorías S.A. Hoy Magna Salud Proyectos y Asesorías S.A. Magpra S.A., el contenido
de la Resolución número 004245 del 30 de diciembre de 2011, en cuyo encabezado dice:
RESOLUCIÓN NÚMERO 004245 DE 2011
(diciembre 30)
por la cual se resuelve una investigación administrativa.
La Superintendente Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos
para la Salud,
CONSIDERANDO:
(…)
RESUELVE:
Artículo 1°. Exonerar de responsabilidad a la IPS Magna Salud Proyectos y Asesorías
S.A. Hoy Magna Salud Proyectos y Asesorías S.A. Magpra S.A., del periodo con corte a
diciembre del año 2007, por cuanto fue inscrita en el Registro Especial de Prestadores de
Salud el 2 de abril del año 2008.
Artículo 2°. Declarar la caducidad de la facultad sancionatoria de la Superintendente
Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud de la
Superintendencia Nacional de Salud, respecto al periodo correspondiente a junio de 2008,
según lo expuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo.
Artículo 3°. Sancionar a la IPS Magna Salud Proyectos y Asesorías S.A. Hoy Magna
período con corte a 31 de diciembre de 2008 en las condiciones establecidas en la Circular
Única de la Superintendencia Nacional de Salud.
Artículo 4°. Imponer a la IPS Magna Salud Proyectos y Asesorías S.A. Hoy Magna
consistente en diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes, a la fecha de expe-
dición de esta resolución.
Artículo 5°. Establecer el valor de la multa debe ser consignada en la cuenta corriente
número 031-7054600-2 de Bancolombia, denominada recursos por multas de la Superinten-
dencia Nacional de Salud, dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de la presente
resolución. Copia del respectivo recibo de consignación debe enviarse a la Superintendencia
Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud, en la
dentro de los cinco días siguientes al pago, so pena de traslado a la autoridad competente.
Artículo 6°. personalmente, de acuerdo a lo establecido en los artículos 44
Nacional de Salud, el contenido de la presente resolución a la IPS Magna Salud Proyectos y
en subsidio el de apelación, los cuales deberán interponerse por escrito ante este Despacho
edicto con la inserción de la parte resolutiva de este acto administrativo.
Artículo 7°. Ordenar a la IPS Magna Salud Proyectos y Asesorías S.A. Hoy Magna
al periodo con corte a diciembre de 2008, de acuerdo a los parámetros establecidos en la
Circular Única.
Artículo 7°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en Bogotá, D. C., a 30 de diciembre de 2011.
La Superintendente Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos
para la Salud,
Claudia Constanza Rivero Betancur.
(C. F.).
NOTIFICACIÓN POR AVISO
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dragón, en calidad de investigada a título personal, el contenido de la Resolución número
004327 del 30 de diciembre de 2011, en cuyo encabezado dice:
RESOLUCIÓN NÚMERO 004327 DE 2011
(diciembre 30)
por la cual se decide una investigación administrativa en contra de la Compañía
Nacional de Juegos de Suerte y Azar S.A.-Consuerte S.A.- y la doctora Diana Zulay Reza
Mondragón.
La Superintendente Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos
para la Salud,
CONSIDERANDO
(…)
DECIDE:
Artículo 1°. Ordenar el cierre y en consecuencia el archivo de la investigación ad-
ministrativa adelantada mediante Auto de Apertura de Investigación número 008637 del 9
de octubre de 2009, contra el concesionario Compañía Nacional de Juegos de Suerte y
Azar S. A. – Consuerte S. A., 800.159.687-5, de conformidad con
los motivos expuestos en la presente resolución.
Artículo 2°. Ordenar el cierre y en consecuencia el archivo de la investigación ad-
ministrativa adelantada mediante Auto de Apertura de Investigación número 008637 del 9
cédula de ciudadanía número 30080442 gerente para la época de los hechos, de conformidad
con los motivos expuestos en la presente resolución.
Artículo 3°. personalmente al Representante Legal del concesionario Com-
pañía Nacional de Juegos de Suerte y Azar S. A. – Consuerte S. A., al doctor Mario Javier
recurso de reposición ante la Superintendencia Delegada para la Generación y Gestión de los
Recursos Económicos para la Salud, y el recurso de apelación ante el Señor Superintendente
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