La suscrita Secretaria del Juzgado Veintidós de Familia de Bogotá, D. C., notiica al público: que mediante auto, proferido dentro del proceso de Interdicción, instaurado por la señora Fanny Echeverry en relación con su esposo Rubelio Loaiza Aristizábal, se decreta la interdicción provisoria de Fanny Echeverry - 8 de Agosto de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 216809511

La suscrita Secretaria del Juzgado Veintidós de Familia de Bogotá, D. C., notiica al público: que mediante auto, proferido dentro del proceso de Interdicción, instaurado por la señora Fanny Echeverry en relación con su esposo Rubelio Loaiza Aristizábal, se decreta la interdicción provisoria de Fanny Echeverry

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Número de Boletín47795

de Familia de Bogota, D. C., NOTIFICA AL PUBLICO:

Que mediante auto de fecha once (11) de febrero de dos mil nueve (2009), proferido dentro del proceso de Interdiccion numero 08/1241, instaurado a traves de apoderado judicial por la señora Fanny Echeverry en relacion con su esposo Rubelio Loaiza Aristizabal, auto que en su fecha y parte pertinente dice: "... Conforme a lo establecido en el articulo 659 del Codigo de Procedimiento Civil, numeral 6, se decreta la interdiccion provisoria de Fanny Echeverry y se designa como guardador provisional a su esposo Rubelio Loaiza Aristizabal. Oficiese a la oicina donde se encuentra el Registro Civil de Nacimiento del presunto interdicto y notifiquese al publico por aviso que se insertara una vez en el Diario Oicial y en un...

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