Notiicaci?n por aviso de la Resolución número 001678 de 2011
Emisor | Superintendencias |
Número de Boletín | 48357 |
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Edición 48.357
Martes, 28 de febrero de 2012 D I A R I O O F I C I A L
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departamento de Norte de Santander.
edicto con inserción de la parte resolutiva de esta providencia.
Artículo 4°. El presente acto administrativo rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en Bogotá, D. C., a 12 de julio de 2011.
La Superintendente Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos
para el Sector Salud,
(C. F.).
NOTIFICACIÓN POR AVISO
contenido de la Resolución número 001663 del 12 de julio de 2011, en cuyo encabezado dice:
RESOLUCIÓN NÚMERO 001663 DE 2011
(julio 12)
por la cual se resuelve una investigación administrativa.
La Superintendente Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos
para Salud,
CONSIDERANDO:
(…)
RESUELVE:
Artículo 1°. Sancionar
de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de este proveído.
Artículo 2°. Imponer
de expedición de esta resolución.
Parágrafo. El valor de la multa debe ser consignado en la Cuenta Corriente número
031-7054600-2 de Bancolombia, denominada recursos por multas de la Superintendencia
Nacional de Salud, dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de la presente re-
solución. Copia del respectivo recibo de consignación debe enviarse a la Superintendencia
Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud, en la
dentro de los cinco días siguientes al pago, so pena de traslado a la autoridad competente.
Artículo 3°. personalmente, conforme a lo preceptuado en el artículo 44 del
dencia Nacional de Salud, el contenido de la presente resolución al representante legal de
decisión procede el recurso de reposición y en subsidio el de apelación, los cuales deberán
interponerse por escrito ante la Superintendente Delegada para la Generación y Gestión de
los Recursos Económicos para la Salud, en la carrera 7 N° 32-16 piso 16 Torre Norte del
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tencioso Administrativo.
edicto con la inserción de la parte resolutiva de esta Providencia.
Artículo 4°. Ordenar
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malidades señaladas en la misma, correspondiente a los periodos con corte a 30 de junio
de 2008 y 31 de diciembre de 2008.
Artículo 5°. Declarar la caducidad de la facultad sancionatoria de la Superintendente
Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud de la
Superintendencia Nacional de Salud, respecto al periodo correspondiente al 31 de diciem-
bre de 2007, según lo expuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo.
Artículo 6°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en Bogotá, D. C., a 12 de julio de 2011.
La Superintendente Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos
para la Salud,
(C. F.).
NOTIFICACIÓN POR AVISO
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tas IPS, el contenido de la Resolución número 001678 del 12 de julio de 2011, en cuyo
encabezado dice:
RESOLUCIÓN NÚMERO 001678 DE 2011
(julio 12)
por la cual se resuelve una investigación administrativa.
La Superintendente Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos
para Salud,
CONSIDERANDO
(…)
RESUELVE:
Artículo 1°. Sancionar
802018296, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de este proveído.
Artículo 2°. Imponer
de expedición de esta resolución.
Parágrafo. El valor de la multa debe ser consignado en la Cuenta Corriente número
031-7054600-2 de Bancolombia, denominada recursos por multas de la Superintendencia
Nacional de Salud, dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de la presente re-
solución. Copia del respectivo recibo de consignación debe enviarse a la Superintendencia
Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud, en la
dentro de los cinco días siguientes al pago, so pena de traslado a la autoridad competente.
Artículo 3°. personalmente, conforme a lo preceptuado en el artículo 44 del
dencia Nacional de Salud, el contenido de la presente resolución al representante legal de la
° 13-66 de
el recurso de reposición y en subsidio el de apelación, los cuales deberán interponerse por
escrito ante la Superintendente Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Eco-
edicto con la inserción de la parte resolutiva de esta Providencia.
Artículo 4°. Ordenar
con las formalidades señaladas en la misma, correspondiente al periodo correspondiente
al 31 de diciembre de 2007 según lo expuesto en la parte considerativa del presente acto
administrativo.
Artículo 6°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en Bogotá, D. C., a 12 de julio de 2011.
La Superintendente Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos
para la Salud,
(C. F.).
NOTIFICACIÓN POR AVISO
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siones El Faraón Ltda., el contenido de la Resolución número 002255 del 13 de septiembre
de 2011, en cuyo encabezado dice:
“RESOLUCIÓN NÚMERO 002255 DE 2011
(septiembre 13)
por medio de la cual se resuelve una investigación administrativa en contra
La Superintendente Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos
para la Salud”,
CONSIDERANDO:
(…)
RESUELVE:
Artículo 1°. Ordenar el cierre y en consecuencia el Archivo de la presente la investigación
administrativa adelantada en contra de la Empresa Inversiones El Faraón Ltda., con NIT
817.007.204-1, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2°. el contenido del presente acto administrativo al
representante legal de la Empresa Inversiones El Faraón Ltda., por el doctor César Miguel
Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud, y el recurso de apelación
ante el señor Superintendente Nacional de Salud, los cuales podrá presentar dentro de los
con inserción de la parte resolutiva de la misma, conforme al artículo 45 del Código Con-
tencioso Administrativo.
Artículo 3°. La presente resolución rige a partir de su expedición.
Dada en Bogotá, D. C., a 13 de septiembre de 2011.
La Superintendente Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos
para la Salud,
(C. F.).
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