Resolucion número 00051 de 1998, por la cual se modifican y adicionan unos numerales de la Parte Tercera del Manual de Reglamentos Aeronáuticos. - 16 de Enero de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59760160

Resolucion número 00051 de 1998, por la cual se modifican y adicionan unos numerales de la Parte Tercera del Manual de Reglamentos Aeronáuticos.

EmisorUnidades Administrativas Especiales
Número de Boletín43220

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 1782 del Código de Comercio y los artículos 5º y 8º del Decreto 2724 de 1993,

CONSIDERANDO:

  1. Que el numeral 3.6.3.2.2 del Manual de Reglamentos Aeronáuticos señala: "Requisitos generales. Para obtener el permiso de operación la empresa deberá demostrar su capacidad administrativa, técnica y financiera, en relación con las actividades que se propone desarrollar y deberá mantener tales condiciones mientras sea titular del permiso de operación",

  2. Que la Ley 30 de 1996 (Estatuto Nacional de Estupefacientes), en su artículo 93, literal f), numeral 5, estableció el requisito de expedir por parte de la Oficina de Estupefacientes del Ministerio de Justicia, un certificado de carencia de informes por tráfico de estupefacientes para obtener o renovar permisos de empresas de servicios aéreos comerciales, escuelas, aeroclubes y talleres aeronáuticos; y en el numeral 6 del mismo artículo y literal estableció igual requisito para la aprobación de nuevos socios que vayan a adquirir cuotas o acciones de una empresa de servicios aéreos comerciales, escuelas, aeroclubes y talleres aeronáuticos. En concordancia con lo anterior, el Decreto 2150 de 1995 estableció normas complementarias sobre la expedición del certificado en cuestión.

  3. Que el Decreto 310 de 1988, modificatorio del Decreto 2303 de 1981, señaló que la persona natural o jurídica que adelante trámites ante la autoridad aeronáutica deberá solicitar al Comando de la Brigada de la jurisdicción de su domicilio, la expedición de certificado de antecedentes sobre ausencia de vinculación con organizaciones subversivas o actividades de la misma naturaleza, para, entre otros eventos, obtener y renovar permisos de empresas de servicios aéreos comerciales, escuelas, aeroclubes y talleres aeronáuticos; así como para aprobación de nuevos socios que vayan a adquirir cuotas o acciones de una empresa de servicios aéreos comerciales, escuelas, aeroclubes y talleres aeronáuticos;

  4. Que en armonía con lo anterior, el numeral 3.6.3.2.6 del Manual de Reglamentos Aeronáuticos, relativo al...

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