Resolución número 000981 de 2010, por la cual se adiciona y modifica la Resolución número 005961 del 30 de noviembre de 2009. - 26 de Marzo de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 81319624

Resolución número 000981 de 2010, por la cual se adiciona y modifica la Resolución número 005961 del 30 de noviembre de 2009.

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín47663
411
Edición 47.663
Viernes 26 de marzo de 2010 DIARIO OFICIAL
Que de acuerdo a comunicaciones de los gremios de transportadores de pasajeros por
ecttgvgtc."ug"jcp"rtgugpvcfq"cniwpcu"fkÝewnvcfgu"gp"nc"tgcnk¦cek„p"fg"nc"vqvcnkfcf"fg"nqu"guvw-
dios de oferta y demanda, siendo necesario otorgar un plazo adicional para que los mismos
sean culminados y se suscriban las correspondientes actas de acuerdo, de conformidad con
el artículo 37 del Decreto 171 de 2001.
Swg"xgtkÝecfqu"nqu"cxcpegu"fgn"rtqeguq"fg"tgguvtwevwtcek„p."ug"cpcnk¦„"swg"gu"pgeguctkq"
rtqttqict"gn"vfitokpq"guvcdngekfq"gp"gn"ctvewnq"3̇"fg"nc"Tguqnwek„p";;7"fg"422;."eqp"gn"Ýp"
de terminar los estudios y la suscripción de los acuerdos entre las diferentes empresas.
Por lo anterior, este despacho,
RESUELVE:
Artículo 1°. Prorrogar hasta el 31 de mayo de 2010, la fecha estipulada en el artículo
1° de la Resolución 000995 de marzo 18 de 2009, para que las empresas habilitadas para
la prestación del Servicio Público de Transporte de Pasajeros por Carretera, presenten ante
este Ministerio, la reestructuración de horarios dentro de las rutas autorizadas, con base en
un estudio de oferta y demanda.
Parágrafo. Las empresas que no presenten la solicitud de reestructuración de horarios,
en el término establecido en el presente artículo, no podrán aplicar la libertad de horarios
a partir del 1° de junio de 2010.
Artículo 2°. La Dirección de Transporte y Tránsito, la Subdirección de Transporte y
las Direcciones Territoriales del Ministerio de Transporte deberán liderar y coordinar todas
las acciones para que en el término previsto en el artículo 1° de la presente resolución, se
presenten las reestructuraciones.
Artículo 3°. Los demás términos de la Resolución 000995 de 2009, continúan vigentes.
Artículo 4°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 26 de marzo de 2010.
El Ministro de Transporte,
Cpftfiu"Wtkgn"Icnngiq"Jgpcq0
(C.F.)
RESOLUCIÓN NÚMERO 000981 DE 2010
(marzo 26)
rqt"nc"ewcn"ug"cfkekqpc"{"oqfkÝec"nc"Tguqnwek„p"p¿ogtq"227;83"
fgn"52"fg"pqxkgodtg"fg"422;0
El Ministro de Transporte, en uso de las facultades legales, en especial de las conferidas
por la Ley 488 de 1998 y el Decreto 2053 de 2003,
RESUELVE:
Que el Ministerio de Transporte mediante la Resolución número 005961 del 30 de
noviembre de 2009, determinó la base gravable de los vehículos de servicio público y
rctvkewnct"fg"ectic"{"eqngevkxq"fg"rcuclgtqu"rctc"gn"c‚q"Ýuecn"42320
Swg"ogfkcpvg"Tguqnwek„p"p¿ogtq"222379"fgn"47"fg"gpgtq"fg"4232."ug"oqfkÝe„"gn"pwogtcn"
1. Literal B. Vehículos de pasajeros, del artículo 3° de la Resolución número 005961 de
pqxkgodtg"52"fg"422;"{"ug"cfkekqpctqp"c"nc"Vcdnc"p¿ogtq"60"Xcnqtgu"rqt"Itwrq"{"Oqfgnq."
*ekhtcu"gp"okngu"fg"rguqu"eqnqodkcpqu+"nqu"Itwrqu"K2"{"L20
Que en revisión efectuada a la Tabla número 1. CLASIFICACIÓN SEGÚN CLASE,
TIPO Y MARCA, anexa a la Resolución número 005961 del 30 de noviembre de 2009, de
acuerdo con lo solicitado por usuarios, se encontró que es necesario incluir algunas clases,
tipos de carrocerías y marcas que no se encuentran en la misma.
Que revisada la Vcdnc"p¿ogtq"6"XCNQTGU"RQT"ITWRQ"["OQFGNQ"*ekhtcu"gp"
millones de pesos colombianos) anexa a la resolución número 005961 del 30 de noviembre
de 2009, de acuerdo con lo solicitado por usuarios, se encontró que es necesario ajustar
unos grupos por cuanto la base gravable establecida en la resolución tiene diferencias con
el precio comercial, según el mercado del usado.
En mérito de lo expuesto, este despacho,
RESUELVE:
Artículo 1°. Adicionar en la Tabla número 1 EncukÝecek„p"Ugi¿p"Encug."Vkrq"{"Octec."
anexa a la Resolución número 005961 de1 30 de noviembre de 2009 el tipo de carrocería picó,
para los Grupos F, G, y H, Panel y los vehículos de Bomberos"rctc"nqu"Itwrqu"I, J y K.
Artículo 2°. Adicionar las siguientes marcas así:
Itwrq"H."K"{"N< Jiangchan, Land Rover, Studebaker, Uaz, Willys y Willco.
Itwrq"I."L"{"O<"Hctiq"{"IOE0
Itwrq"M< Seagrave.
Ctvewnq"5̇0"OqfkÝect"nqu"xcnqtgu"fg"nqu"Itwrqu H5, M5 y N7, en la “Tabla número
60"Xcnqtgu"rqt" Itwrq"{" Oqfgnq" *ekhtcu"gp" okngu"fg" rguqu" eqnqodkcpqu+Ñ anexa a la
Resolución número 005961 de noviembre 30 de 2009, los cuales serán los establecidos en
el anexo de la presente resolución.
Artículo 4°. Los demás términos de la Resolución número 005961 del 30 de noviembre
de 2009, continúan vigentes.
Artículo 5°. La presente resolución rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 26 de marzo de 2010.
Cpftfiu"Wtkgn"Icnngiq"Jgpcq0
RESOLUCIÓN NÚMERO 000982 DE 2010
(marzo 26)
rqt"nc"ewcn"ug"oqfkÝecp"{"cfkekqpcp"ncu"Tguqnwekqpgu"p¿ogtqu"227;82"
fgn"52"fg"pqxkgodtg"fg"422;"{"22237:"fgn"47"fg"gpgtq"fg"42320
El Ministro de Transporte, en uso de las facultades legales, en especial de las conferidas
por la Ley 488 de 1998 y el Decreto 2053 de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Transporte a través de la Resolución número 005960 del 30 de
noviembre de 2009, determinó la base gravable de los automóviles camperos y camionetas
fg"ugtxkekq"r¿dnkeq"{"rctvkewnct"{"fg"ncu"oqvqekengvcu."rctc"gn"c‚q"Ýuecn"42320
Que mediante Resolución número 000158 del 25 de enero de 2010, se adicionó a la
Tabla número 2, “Base gravable de los vehículos clase camioneta doblecabina para el año
Ýuecn"4232"*ekhtcu"gp"okngu"fg"rguqu+."nc"eqnwopc"p¿ogtq"5"eknkpftcfc"eo3.
Que en revisión realizada a la Tablamero 1, “Base gravable de los vehículos (automóviles,
ecorgtqu."{"ecokqpgvcu+"rctc"gn"c‚q"Ýuecn"4232"*ekhtcu"gp"okngu"fg"rguqu+Ñ"cpgzc"c"nc"Tguqnwek„p"
número 005960 del 30 de noviembre de 2009, y de acuerdo con lo solicitado por usuarios, se
encontró que es necesario incluir algunas marcas y líneas de vehículos que no se encuentran en
las mismas y, además se requiere el ajuste de unas de ellas, por cuanto la base gravable establecida
en la resolución tiene diferencias con el valor comercial, según el mercado del usado.
Que revisada la Tabla número 2, “Base gravable de los vehículos clase camioneta do-
dngecdkpc"rctc"gn"c‚q"Ýuecn"4232"*ekhtcu"gp"okngu"fg"rguqu+Ñ."cpgzc"c"nc"Tguqnwek„p"p¿ogtq"
000158 del 25 de enero de 2010, se hace necesario adicionar unas marcas y líneas nuevas
junto con la base gravable para el pago del impuesto de vehículos.
Que revisada la Tabla número 3"Itwrqu" ugi¿p"octec"fg"oqvqekengvcu" {"oqvqecttqu."
anexa a la Resolución número 005960 del 30 de noviembre de 2009 y de acuerdo con lo
solicitado por usuarios, se encontró que es necesario incluir el vehículo clase cuatrimoto,
así como unas marcas que no se encuentran en las mismas.
En mérito de lo expuesto, este despacho,
RESUELVE:
Ctvewnq"Rtkogtq0"OqfkÝect"nc"Tabla número 1, “Base gravable de los vehículos (Au-
vqo„xkngu."Ecorgtqu."{"Ecokqpgvcu+"rctc"gn"c‚q"Ýuecn"4232"*ekhtcu"gp"okngu"fg"rguqu+Ñ,
anexa a la Resolución número 005960 del 30 de noviembre de 2009, en el sentido de ajustar
la base gravable e incluir algunas marcas y líneas en la Tabla anexa a la presente resolución.
Artículo 2°. Adicionar a la Tabla número 2 “Base gravable de los vehículos clase
ecokqpgvc"fqdngecdkpc"rctc"gn"c‚q"Ýuecn"4232"*ekhtcu"gp"okngu"fg"rguqu+Ñ, de la Reso-
lución número 000158 de 2010, las marcas y líneas contenidas en la tabla número 2 anexa
a la presente resolución.
Ctvewnq" 5̇0" OqfkÝect" gn" vvwnq" fg" nc" Tabla número 3 “Grupos según marca de
oqvqekengvcu"{"oqvqecttquÑ, por Grupos según marca de motocicletas, motocarros y
cuatrimotos, además insertar las siguientes marcas así:
Itwrq"C<"LGV"WMO."TQC."NON."NOZ."UCEJU"DKMGU
Itwrq"D<"ICU"ICU."OQPVGUC
Itwrq"E<"ECP/CO."DQWTIGV
Artículo 4°. Los demás términos de las Resoluciones números 005960 del 30 de no-
viembre de 2009 y 000158 del 25 de enero de 2010, continúan vigentes.
Artículo 4°. La presente resolución rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 26 de marzo de 2010.
Cpftfiu"Wtkgn"Icnngiq"Jgpcq0
(C. F.)
GRUPO 2009 2008 2007 2006 2005 2004 2003 2002 2001 2000 1999 1998 1997 1996 1995 1994 1993 1992 1991 1990 1989 1988 1987 1986 1985
H5
M5
N7
MINISTERIO DE TRANSPORTE
BASE GRAVABLE PARA EL AÑO 2010
" " " " " " " " " " " " " "
(C. F.)

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