Resolución número 344 de 2011, por la cual se autoriza la tala de cuatro (4) árboles. - 15 de Agosto de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 312289454

Resolución número 344 de 2011, por la cual se autoriza la tala de cuatro (4) árboles.

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales
Número de Boletín48162
10
D I A R I O O F I C I A L
Edición 48.162
Lunes, 15 de agosto de 2011
Esta siembra deberá realizarse teniendo en cuenta la época de lluvia para garantizar su
resultado, el mantenimiento lo realizará el autorizado y deberá presentar informe (material
probatorio), ante la Corporación CVS para así constatar la compensación.
Artículo 6°. El permisionado cancelará a la Corporación las tasas por aprovechamiento
de un volumen de dieciséis punto noventa y dos metros cúbicos (16,92 m3) en bruto de
madera de diferentes especies, correspondiente a la suma de ciento setenta y cuatro mil
ochocientos ochenta y cinco punto doce pesos ($174.885,12), descritos así:
CONCEPTO VALOR
($/1m3)
VOLUMEN
(m3 Bruto)
VALOR TOTAL
($)
PARTICIPACIÓN NACIONAL 6.892,00 16,92 116.612,64
DERECHO PERMISO 1.347,50 16,92 22.791,24
TASA REFORESTACIÓN 1.347,50 16,92 22.791,24
TASA DE INV. FORESTAL 749,00 16,92 12.673,08
TOTAL 10.336,00 16,92 174.885,12
Artículo 7°. El usuario debe cancelar por costos de seguimiento el 0,6% del valor total de
la tasa de aprovechamiento, en el Banco de Bogotá, Cuenta Corriente número 438-512212.
Artículo 8°. La presente resolución tendrá vigencia de nueve (9) meses contados a partir
de la fecha de la ejecutoria de la presente providencia.

correspondiente y realice visitas de control, seguimiento y monitoreo en cualquier momento
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en el presente acto administrativo.
Artículo 10. El interesado podrá solicitar prórroga con quince (15) días de anticipación
del vencimiento de la misma.
Artículo 11. De conformidad con el Decreto 1791 de 1996 y la presente providencia, la
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camente para movilizar los volúmenes de madera amparados bajo la presente resolución.
Artículo 13. La violación de las normas ambientales y las contempladas en la presente
resolución serán sancionadas de conformidad con el artículo 85 de la Ley 99 de 1993 y las
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o en su defecto por edicto, al señor Leo Brun Sánchez, acorde con los términos del artículo
       -
blicación en el     
Colombia. Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge, CVS,
con NIT 891000627-0.
Artículo 16. Contra la presente resolución procede el recurso de reposición, el cual
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del edicto si a ello hubiere lugar, de acuerdo con los requisitos establecidos en el artículo
52 y concordantes del Código Contencioso Administrativo.
Artículo 17. Envíese copia de la presente resolución a la subsede CVS, según su ju-
risdicción, para así hacer el seguimiento correspondiente al procedimiento acordado en la
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Artículo 18. La presente resolución rige a partir de su ejecutoria.
Notifíquese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
El Jefe División de Calidad Ambiental CVS,
Rafael Espinosa Forero.
Imprenta Nacional de Colom bia. Recibo Banco Agrario de Colombia 0466375.
22-VII-2011. Valor $31.300.
RESOLUCIÓN NÚMERO 344 DE 2011
(junio 13)

El Jefe de División Calidad Ambiental de la Corporación Autónoma Regional de los
Valles del Sinú y del San Jorge, CVS, en ejercicio de las facultades conferidas mediante
-
lución 1.4165 del 30 de abril del 2010, y
CONSIDERANDO:
Que mediante solicitud realizada a través del Subdirector de Gestión Ambiental, doctor
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número 6861762 de Montería, solicitó a la Corporación Autónoma Regional de los Valles
del Sinú y del San Jorge, CVS, permiso para talar cuatro (4) árboles. Motivo de la solicitud:

alrededor de dicho inmueble”.
Que mediante Acuerdo número 94 de 12 de agosto de 2008, el Consejo Directivo au-
torizó al Director General de la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y
San Jorge, CVS, para delegar funciones y reglamentar el procedimiento relacionado con
el trámite y otorgamiento de los permisos de aprovechamiento forestal en los términos y
circunstancias establecidos en el decreto 1791 de 1996.
   
reglamenta el Acuerdo número 94 de agosto 12 de 2008, se asignan unas funciones para
aprovechamiento forestal y se adoptan otras determinaciones a cargo de las subsedes de la
Corporación”, se desarrolló la delegación y reglamentación autorizada mediante el Acuerdo
número 94 de 12 de agosto de 2008.
        

para el aprovechamiento forestal”, por medio de la cual se asignan unas funciones de jefe
de la Unidad Forestal hacia el jefe de la división de calidad Ambiental de la Corporación.
Que el funcionario de la Unidad Forestal - CVS, Delimberto Pérez, practicó visita y rinde
Informe Técnico de Visita número 250 de fecha 23 de mayo de 2011, señalando algunos
aspectos técnicos descritos en el respectivo informe así:
Localización: Calle 68 N° 3-13 Barrio El Recreo, municipio de Montería.
Desarrollo de la visita
En la visita realizada se dialogó con el señor Libardo López C. quien hizo un relato de la
historia de los árboles, los cuales fueron sembrados hace unos 20 años y se les ha realizado

un buen estado a través del tiempo que llevan sembrados. El problema es que las raíces de
estos han comenzado a destruir parte de la infraestructura de la vivienda, especialmente
las cañerías, paredes, molduras, andenes y escaleras de acceso a la vivienda. Para mitigar

haciendo barreras en concreto; sin embargo, dicha labor no ha funcionado, por lo que han
tenido que reparar en varias ocasiones las estructuras descritas.
A los propietarios de la vivienda se les sugirió buscar alternativa para salvar estos
     
raíces sigan ocasionando problemas, pero ellos dicen que han agotado todos los medios
   
los recursos necesarios para conservar estos pero que no puede dejar destruir su vivienda y
es consciente de la falta que estos le van a hacer, ya que en las horas de la tarde el sol esta
 
porte y que sean adecuados para desarrollarse en el lugar donde actualmente se encuentran
los que se pretenden reemplazar.
Conclusión
       (S. acli-
 y tres (3) pertenecientes a la especie ornamental Oiti , los cuales
han sido cuidados en todas sus etapas por los propietarios especialmente en lo referente a

antejardín de la vivienda del solicitante a distancias muy cortas de las paredes de la misma
ubicada en la calle 68 N° 3-13 del Barrio El Recreo, A pesar del cuidado que se le ha dado
     -
tructuras de la vivienda, generando taponamiento de cañerías, rotura de molduras y grietas
en paredes, andenes y escaleras de acceso a la vivienda.
Recomendaciones
Revisando los daños causados a la infraestructura de la vivienda del solicitante, se con-
sidera viable conceder autorización al señor Libardo López C., para que proceda a erradicar
los árboles motivo de la solicitud, de los cuales tres (3) pertenecen a la especie ornamental
Oiti .
Condicionar al autorizado, que como compensación por la tala de cada árbol debe es-
tablecer 10 árboles que deben ser especies aptas para desarrollarse en los centros urbanos,
como por ejemplo San Joaquín, Bolombolo, Pera, Azar de la India, Flor de Amor, Lluvia
de Oro, entre otras. Estas plantas deben ser establecidas en el sitio en donde se talará el
  
el espacio disponible se debe dirigir a la CVS para que determine un sitio para el estable-
cimiento de las plantas.
Que la Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge, CVS,
es la entidad competente para resolver la solicitud antes señalada de acuerdo con lo pre-
   
autorizaciones y licencias ambientales requeridas por ley para el uso, aprovechamiento o
movilización de los recursos naturales renovables o para el desarrollo de actividades que
afecten o puedan afectar el medio ambiente. Otorgar permisos y concesiones para apro-
   
establecer vedas para la caza y pesca deportiva”.
Que según el artículo 57 del Decreto 1791 de 1996, “Artículo 57. Cuando se requiera
talar o podar árboles aislados localiz ados en centros urbanos qu e por razones de su ubi-
cación, est ado sanitario o dañ os mecánicos estén causando perjuicio a la estabilidad de
  
solicitará po r escrito autorización, a la autoridad competente , la cual tramitará la s olici-
tud de inmediat o, previa visita realizada p or un funcionario competente técnicamente la
necesidad de t alar árboles”.

obtengan de la tala o poda de árboles aislados, en las circunstancias descritas en el presente
capítulo, podrán comercializarse, a criterio de la autoridad ambiental competente”.
Que la Corporación no autoriza la comercialización de dichos productos.

RESUELVE:
Artículo 1°. Autorizar
número 6861762 de Montería, para que proceda a talar cuatro (4) árboles, de los cuales tres
(3) pertenecen a la especie ornamental Oiti (S.
, que se encuentran ubicado en la Calle 68 N° 3-13 barrio El Recreo, muni-
cipio de Montería, departamento de Córdoba. Dicha actividad se debe realizar teniendo en
    
en la parte motiva de presente proveído, para lo cual se concede un término no superior a


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