Resolución número 938 de 2012, por la cual se aclara un error aritmético en la Resolución número 906 del 22 de noviembre de 2012 - 21 de Diciembre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 412779994

Resolución número 938 de 2012, por la cual se aclara un error aritmético en la Resolución número 906 del 22 de noviembre de 2012

EmisorVarios - Comisión Nacional de Televisión en Liquidación
Número de Boletín48651

El Liquidador de La Comisión Nacional de Televisión en Liquidación, en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere la Ley 1507 de 2012, el Decreto-ley 254 de 2000, Decreto-ley 663 de 1993, Ley 1105 de 2006, Decreto 2555 de 2010, Ley 1437 de 2011, y las demás disposiciones aplicables y previas las siguientes:

CONSIDERACIONES:

Que el artículo 45 de Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo establece: "En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda".

Que por un error aritmético el artículo primero de la Resolución número 906 de fecha 22 de noviembre de 2012, señaló como subtotal de Pasivo Cierto No Reclamado el valor de seis millones quinientos cincuenta y nueve mil ochocientos cuarenta y un pesos ($6.559.841.00) moneda corriente., siendo lo correcto de la sumatoria de cada uno de los acreedores reconocidos el valor de seis millones ochocientos ochenta mil trescientos sesenta y cinco pesos ($6.880.365.00) moneda corriente.

Que en el mismo artículo primero de la mencionada Resolución número 906 de 22 de noviembre de 2012, se indicó como valor total general el valor de trescientos dos millones quinientos diecinueve mil seiscientos nueve pesos ($302.519.609.00) moneda corriente, siendo lo correcto de la sumatoria de todos y cada uno de los acreedores reconocidos el valor de trescientos dos millones ochocientos cuarenta mil ciento treinta y tres ($302.840.133.00) moneda corriente.

RESUELVE:

Artículo 1º Aclarar el artículo primero de la Resolución número 906 de fecha 22 de noviembre de 2012, en el siguiente...

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