Resolución número 000421 de 2006, por la cual se decide una actuación administrativa.
Emisor | Varios |
Número de Boletín | 46574 |
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Fundado el 30 de abril de 1864
Año CXLII No. 46.574 Edición de 12 páginas • Bogotá, D. C., domingo 18 de marzo de 2007 • Tarifa Postal Reducida 56/2000 I S S N 0122-2112
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de Bogotá, D. C., Zona Norte
Resoluciones
RESOLUCION NUMERO 000421 DE 2006
(diciembre 14)
por la cual se decide una actuación administrativa.
(J-294-2004-Exp. 67-2004)
La Registradora Principal de Instrumentos Públicos de Bogota, D. C., Zona Norte,
en ejercicio de sus facultades legales y de las funciones conferidas por el artículo 7° del
Decreto-ley 2156 de 1970 y 23 del Decreto 302 de 2004, y
CONSIDERANDO:
...........................................................................................................................................…
RESUELVE:
Primero. Denegar la solicitud de Revocatoria Directa del acto administrativo del 31
de marzo de 2003, por medio del cual esta ocina abrió el folio de Matrícula Inmobiliaria
número 50N-20391896, por las razones expuestas en la parte motiva.
Segundo. De conformidad con el artículo 44 del C. C. A., Noticar personalmente los
términos de esta decisión, a Víctor Manuel Ramírez Nivia, Adolfo Ulloa Cerón, Edgar Castaño
Agudelo y Blanca Deicy Castaño Agudelo, de no ser posible la noticia directa a las personas
antes mencionadas, se comunicará mediante edicto, según las voces del artículo 45 ibídem,
insertando en el mismo la parte resolutiva de esta providencia y jando su exposición por
el término de 10 días en lugar público y visible de la Ocina de Registro de Bogotá, Zona
Norte. Además deberá publicarse la parte resolutiva en el Diario Ocial.
Tercero. Por Secretaría de la División Jurídica, comunicar los términos de esta decisión
a la División Operativa y al grupo de tecnología de imagen para lo de su competencia.
Cuarto. Contra la presente decisión procede el Recurso de Reposición ante la Registradora
Principal de esta Ocina y el de Apelación ante el Director de Registro de la Superinten-
dencia de Notariado y Registro.
Quinto. La presente resolución rige a partir de su expedición y sus efectos quedan
supeditados a la rmeza de su decisión.
Notifíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 14 de diciembre de 2006.
La Registradora Principal,
Carmenza Jaramillo Roncancio.
(C.F.)
RESOLUCION NUMERO 000427 DE 2006
(diciembre 15)
por la cual se decide una actuación administrativa.
(Exp. 4 de 2004)
La Registradora Principal de Instrumentos Públicos de Bogota, D. C., Zona Norte,
en ejercicio de sus facultades legales y de las funciones conferidas por el artículo 7° del
Decreto-ley 2156 de 1970 y 23 del Decreto 302 de 2004, y
CONSIDERANDO:
............................................................................................................................................
RESUELVE:
Primero. Inhibirse de fallar en el sentido de establecer la real situación de los folios de
Matrícula Inmobiliaria 50N-703541, 50N-704535 y 50N-109069, en virtud de los argumentos
expuestos en la parte motiva de esta providencia.
Segundo. De conformidad con el artículo 44 del C. C. A., noticar personalmente los
términos de esta decisión, a Olga Inés Nieto Vélez y Juan Guillermo Nieto Vélez, de no
ser posible la noticia directa a las personas antes mencionadas, se comunicará mediante
edicto, según las voces del artículo 45 ibídem, insertando en el mismo la parte resolutiva
de esta providencia y jando su exposición por el término de 10 días en lugar público y
visible de la Ocina de Registro de Bogotá Zona Norte. Además deberá publicarse la parte
resolutiva en el Diario Ocial.
Tercero. Por Secretaría de la División Jurídica, comunicar los términos de esta decisión
a la División Operativa y al grupo de tecnología de imagen para lo de su competencia.
Cuarto. Contra la presente decisión procede el recurso de reposición ante la registradora
principal de esta ocina y el de apelación ante el director de registro de la Superintendencia
de Notariado y Registro.
Quinto. La presente resolución rige a partir de su expedición y sus efectos quedan
supeditados a la rmeza de su decisión.
Notifíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 15 de diciembre de 2006.
La Registradora Principal,
Carmenza Jaramillo Roncancio.
(C.F.)
RESOLUCION NUMERO 000428 DE 2006
(diciembre 15)
por la cual se ordena el archivo de una actuación administrativa.
(Exp. 51-2004)
La Registradora Principal de Instrumentos Públicos de Bogota, D. C., Zona Norte,
en ejercicio de sus facultades legales y de las funciones conferidas por el artículo 7° del
Decreto-ley 2156 de 1970 y 23 del Decreto 302 de 2004, y
CONSIDERANDO:
...........................................................................................................................................…
RESUELVE:
Primero. Inhibirse de fallar en cuanto a establecer la real situación jurídica de los folios
de Matrícula Inmobiliaria números 50N-20244901, 50N-20244902 y 50N-20244903, en
razón a que el tractus traditivo de los mismos, indica de manera clara y meridiana que no
obstante existir una medida cautelar de embargo, esta perdió vigencia y efecto jurídico por
estar cancelada, igualmente no gura vigente gravamen hipotecario y el titular de derecho
real de dominio es una persona diferente a la intervenida, conforme a los argumentos ex-
puestos en la parte motiva de esta providencia.
Segundo. De conformidad con el artículo 44 del C. C. A., noticar personalmente los
términos de esta decisión, a Eliana Patricia Vera y Luis Alfonso Vera, de no ser posible la
noticia directa a las personas antes mencionadas, se comunicará mediante edicto, según
las voces del artículo 45 ibídem, insertando en el mismo la parte resolutiva de esta provi-
dencia y jando su exposición por el término de 10 días en lugar público y visible de la
Ocina de Registro de Bogotá, Zona Norte. Además deberá publicarse la parte resolutiva
en el Diario Ocial.
Tercero. Contra la presente decisión procede el recurso de reposición ante el Registrador
Principal de esta Ocina de Registro y el de apelación ante el Director de Registro de la
Superintendencia de Notariado y Registro.
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