Resolución número 137 de 2009, por la cual se define la Solicitud Pública de Oferta número 01 de 2009. - 3 de Julio de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59747492

Resolución número 137 de 2009, por la cual se define la Solicitud Pública de Oferta número 01 de 2009.

EmisorVarios - Empresa Industrial y Comercial del Estado
Número de Boletín47399

(julio 1°) por la cual se define la Solicitud Publica de Oferta numero 01 de 2009.

El Presidente del Fondo Nacional de Ahorro "Carlos Lleras Restrepo", en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, y CONSIDERANDO:

Que el literal a) del articulo 51 del Decreto 1453 de 1998, reglamentario de la Ley 432 de 1998, dispone dentro de las funciones del Presidente "Organizar, dirigir y controlar de conformidad con las directrices trazadas por la Junta Directiva, las actividades del Fondo Nacional de Ahorro, ordenar el gasto y suscribir como representante legal, los actos, contratos y convenios necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones asignadas a la Entidad, con arreglo a las disposiciones vigentes y a los estatutos".

Que el Fondo Nacional de Ahorro se encuentra exceptuado del Estatuto General de Contratacion de la Administracion Publica, de acuerdo con el articulo 13 de la Ley 1150 de 2007, correspondiendole aplicar en desarrollo de su actividad contractual los principios de la funcion administrativa y de la gestion fiscal de que tratan los articulos 209 y 267 de la Constitucion Politica, ademas del regimen de inhabilidades e incompatibilidades previsto para la contratacion estatal.

Que mediante Resolucion numero 011 de 13 de enero de 2009, se ordeno la apertura de la Solicitud Publica de Oferta numero 1 de 2009, cuyo objeto es el diseño y construccion del nuevo edificio sede del Fondo Nacional de Ahorro Carlos Lleras Restrepo en la ciudad de Bogota, D. C. ubicado, en la calle 18 N° 4-82.

Que el proyecto de Pliegos de Condiciones de la citada Solicitud Publica de Oferta, permanecio publicado en la pagina web del Fondo entre los dias 5 al 18 de enero de 2009, asi como en el Portal de Unico de Contratacion, con el fin de dar cumplimiento a lo previsto en el Manual de Gestion Contractual Institucional del Fondo Nacional de Ahorro, adoptado mediante Resolucion numero 216 del 7 de noviembre de 2008. Los Pliegos de Condiciones definitivos permanecieron publicados en la pagina web del Fondo entre los dias 19 de enero al 20 de marzo de 2009 y de igual forma se publicaron en el Portal Unico de Contratacion.

Que el dia 20 de marzo de 2009, se llevo a cabo el acto de cierre y apertura de los sobres, excepto los que contienen la propuesta economica, los cuales incluian original y dos copias, con el fin de verificar su foliacion y los documentos soportes de las ofertas, presentandose dos (2) Consorcios asi: 1. CONSORCIO CONSTRUCCIONES FNA. Integrado por las siguientes personas: * NIVIA INGENIERIA S.A. NIT 830.083.339-8.

* CONSTRUCTORA SIGNUM LTDA. NIT 800.215.658-1 * ARGEU S.A. NIT 830.063.282-1.

* RM MALDONADO EU NIT 830.097.787-5 2. CONSORCIO NUEVO EDIFICIO FNA. Conformado por las siguientes personas: * RMR CONSTRUCCIONES S.A. NIT 830.051.701-4.

* AMCO LTDA. NIT 860.039.348-7.

Que dentro del plazo fijado por el FONDO NACIONAL DE AHORRO, se realizaron los analisis y las evaluaciones de los factores habilitadores de acuerdo con los Pliegos de Condiciones con el objeto de establecer las propuestas habilitadas.

Que como consecuencia de las observaciones de los oferentes, el Fondo Nacional de Ahorro procedio a realizar una nueva evaluacion de caracter integral en relacion con las ofertas presentadas, particularmente en los aspectos juridico, financiero y tecnico con el fin de garantizar la aplicacion de los principios de la gestion fiscal y de la contratacion publica.

Que en consideracion a las observaciones presentadas por los oferentes, la particular naturaleza de la presente contratacion, el monto de la misma, la necesidad de contar con estudios de expertos en el tema, en desarrollo del deber de seleccion objetiva y por necesidades del servicio, se hizo necesario aumentar el plazo para el estudio y definicion de las propuestas, lo cual se cumplio a traves de las adendas correspondientes, publicadas tanto en la pagina web de la entidad asi como en el Portal Unico de Contratacion Publica.

Que dentro del termino de traslado de la evaluacion a los proponentes, se presentaron las siguientes observaciones: OBSERVACIONES DE LOS PROPONENTES CONSORCIO CONSTRUCCIONES FNA 1. "Que el Proponente CONSORCIO NUEVO EDIFICIO FNA no especifica de una manera clara el diseño de Aire acondicionado ya que los planos entregados muestran una clara ausencia del diseño completo para todo el edificio y no permiten evidenciar como se ubicaran y planificaran los elementos que permitan el correcto montaje para la puesta a funcionamiento del aire acondicionado. Razon por la cual el puntaje que se debe asignar es de 0,00".

  1. "Que los planos de los diseños hidrosanitarios entregados por el CONSORCIO NUEVO EDIFICIO FNA especificamente el diseño del tanque de almacenamiento de agua potable, especifican cual es su real capacidad de almacenamiento, ni tampoco si es suficiente para el suministro de todo el edificio incluyendo la red de incendios, adicionalmente a esto 20 no es claro la ubicacion de este ya que segun los planos estructurales y de cimentacion este tanque se encuentra justo en el lugar donde se alojaran los dados y los pilotes sobre los cuales se va a soportar la estructura del edificio obstaculizando de una manera clara el lugar donde se ubicara este tanque, eso sin mencionar que las pantallas estructurales tambien estan reduciendo el tamaño real del tanque y que debe existir una placa de cimentacion para tapar o dejar embebida la tuberia que pasa por los dados de cimentacion".

  2. "En atencion a la evaluacion realizada por parte de Nosotros Consorcio Construcciones FNA, a los documentos aportados por el CONSORCIO NUEVO EDIFICIO FNA, referente a la Licitacion Publica 01-09 nos permitimos hacer las siguientes observaciones: EVALUACION TECNICA:

  3. DISEÑO ARQUITECTONICO:

    1. El indice de ocupacion en el primer piso es mayor de 0.70, razon por la cual no estaria cumpliendo con lo establecido en la norma.

    2. No aparecen identificados en los planos arquitectonicos los parqueaderos de los minusvalidos, privados, visitantes y bicicleteros.

    3. No existe unidad entre los diseños tecnicos y los arquitectonicos, puesto que las pantallas que aparecen en los planos estructurales no se ven reflejadas en los planos arquitectonicos, las que aparecen en estos son columnas de unas dimensiones claramente mas pequeñas y no tienen ninguna relacion con los estructurales.

      Razon por la cual el puntaje que se debe asignar es de 0, 00 2. ANALISIS ESTRUCTURAL:

    4. El peso indicado para el diseño es inferior al peso definido en las memorias de calculo.

      Razon por la cual el puntaje que se debe asignar es de 0,00.

  4. OTROS DISEÑOS:

    1. Los planos arquitectonicos no coinciden con los planos Hidrosanitarios, en el piso 5° Planos N° A-7 y H-11 en la zona de baños, los aparatos y las tuberias estan ubicados en sitios distintos y el numero de estos aparatos no son iguales en los 2 planos, adicionalmente no se tiene en cuenta la ubicacion de las pantallas estructurales razon por la cual tampoco coinciden con los planos estructurales.

    2. En...

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