Resolución número 2007 de 2013, por la cual se establece la división en zonas electorales de algunos municipios del país - 14 de Marzo de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 428081662

Resolución número 2007 de 2013, por la cual se establece la división en zonas electorales de algunos municipios del país

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín48732

El Registrador Nacional del Estado Civil, en uso de las atribuciones constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el artículo 266 de la Constitución Política, el artículo 26 numeral 2 y 79 del Código Electoral y el artículo 25 del Decreto-ley 1010 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2º de la Constitución Política establece como fin esencial del Estado, facilitar la participación de todos los ciudadanos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación;

Que el artículo 266 de la Constitución Política establece como función propia del Registrador Nacional del Estado Civil, dirigir y organizar el proceso electoral;

Que el artículo 25 del Decreto número 1010 de 2000 establece, además de las funciones señaladas en la Constitución y la ley, que el Registrador Nacional del Estado Civil ejerce, entre otras, la función de fijar las políticas, planes, programas y estrategias para el desarrollo de la organización y vigilancia electoral;

Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 79 del Código Electoral, es función de la Registraduría Nacional del Estado Civil, señalar los municipios con más de veinte mil (20.000) cédulas aptas para votar, que deben ser divididas en zonas destinadas a facilitar las inscripciones, votaciones y escrutinios;

Que de acuerdo al Censo Electoral, los municipios que a la fecha cuentan con más de veinte mil cédulas aptas para sufragar son los siguientes: Bolívar y Segovia (Antioquia), Sabanagrande (Atlántico), Supía (Caldas), Aguazul (Casanare), Sibaté y Tocancipá (Cun-dinamarca), Aracataca (Magdalena) y Sincé (Sucre);

Que los Registradores Municipales de los municipios antes mencionados presentaron los proyectos de zonificación, conforme a lo establecido en la Circular número 008 del 17 de enero del 2013, emitida por el Registrador Delegado en lo Electoral, por la cual se establecieron los parámetros para la zonificación electoral de nuevos municipios y los cambios de los ya zonificados;

Que los proyectos de zonificación de los municipios mencionados fueron revisados por la Dirección de Gestión Electoral y se encontraron de acuerdo con los lineamientos establecidos para dividir en zonas electorales por cuanto reunieron los requisitos necesarios para poder acceder a la zonificación;

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