Decreto número 2621 de 2012, por el cual se hace efectivo el retiro del servicio de un notario por haber alcanzado la edad de retiro forzoso, se hace un nombramiento en virtud del artículo 178 numeral 3 del Decreto número 960 de 1970, y se designa un notario en propiedad en el Círculo Notarial de Medellín - 17 de Diciembre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 412269730

Decreto número 2621 de 2012, por el cual se hace efectivo el retiro del servicio de un notario por haber alcanzado la edad de retiro forzoso, se hace un nombramiento en virtud del artículo 178 numeral 3 del Decreto número 960 de 1970, y se designa un notario en propiedad en el Círculo Notarial de Medellín

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín48647

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el artículo 131 de la Constitución Política, los artículos 178 numeral 3 y 182 del Decreto-ley 960 de 1970, 74 del Decreto Reglamentario 2148 de 1983, 3 de la Ley 588 de 2000, 5º del Decreto número 2163 de 1970 y 1º del Decreto número 3047 de 1989, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto número 3047 de 1989 establece como edad de retiro forzoso para los notarios, la de 65 años.

Que el inciso segundo del artículo 182 del Decreto-ley 960 de 1970 estipula que el retiro del Notario "se producirá a solicitud del interesado, del Ministerio Público, de la Vigilancia Notarial, o de oficio, dentro del mes siguiente a la ocurrencia de la causal".

Que el doctor Juan Jorge Tascón Villa, designado Notario Catorce (14) del Círculo de Medellín, mediante Decreto número 098 del 16 de enero de 2009, cumplió 65 años de edad el 8 de marzo del año 2010, según se deduce de la copia del registro civil de nacimiento que reposa en el archivo de la Superintendencia de Notariado y Registro.

Que mediante el Decreto número 3508 del 24 de septiembre de 2010, se dio cumplimiento al fallo de tutela del 7 de julio de 2010, proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, que ordenó al Gobierno Nacional - Ministerio del Interior y de Justicia y Presidente de la República, proceder a la emisión del acto correspondiente mediante el cual se determinara el retiro del servicio del doctor Juan Jorge Tascón Villa, Notario Catorce del Círculo de Medellín, por haber alcanzado la edad de retiro forzoso.

Que en el precitado fallo se dispuso que tal remoción quedaría supeditada al acto administrativo emanado del Instituto de Seguros Sociales, mediante el cual se le reconociera el derecho a la pensión al doctor Juan Jorge Tascón Villa, y en el numeral 4 de la parte resolutiva del Decreto número 3508 del 24 de septiembre de 2010, se estableció tal circunstancia como condición para llevar a cabo el correspondiente retiro.

Que mediante Resolución número 021302 del 19 de noviembre de 2010, el Instituto de Seguros Sociales, Seccional Antioquia, concedió pensión de vejez, al señor Juan Jorge Tascón Villa, identificado con la cédula de...

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