Resolución número 10670 de 2012, por la cual se ijan los valores de los servicios y viáticos de los pares académicos que apoyan los diferentes procesos de evaluación y acreditación del Consejo Nacional de Acreditación, "C.N.A.?.
Emisor | Ministerio de Educación Nacional |
Número de Boletín | 48549 |
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D I A R I O O F I C I A L
Edición 48.549
Lunes, 10 de septiembre de 2012
c) Recibo de caja o comprobante d pago de la empresa transportadora, debidamente
el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en la presente resolución, y podrá
Artículo 8°Pago del incentivo. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
pagará a través de la Bolsa Mercantil de Colombia, el valor del incentivo dentro de
cuenta de cobro de que trata el artículo anterior, es decir, con el lleno de los requisitos
Rural, se sujetarán a la existencia de disponibilidad presupuestal y al Programa Anual
Artículo 9Recursos del programa. El apoyo se otorga en virtud de lo dispuesto
-
mentación Operación Fondo Comercialización de Productos Agropecuarios a Nivel
Descuentos del programa. La Bolsa Mercantil de Colombia descontará
de cada uno de los pagos derivados del apoyo al transporte, los gastos relacionados con
-
Vigencia
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,
Juan Camilo Restrepo Salazar.
(C. F.).
MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 10670 DE 2012
(septiembre 5)
que apoyan los diferentes procesos de evaluación y acreditación del Consejo
Nacional de Acreditación, –C.N.A.–.
La Ministra de Educación Nacional, en ejercicio de sus atribuciones legales y en
-
CONSIDERANDO:
como el conjunto de políticas, estrategias, procesos y organismos cuyo objetivo fun-
damental es garantizar a la sociedad que las instituciones de educación superior y sus
Que dentro de los procesos que se surten al interior del referido Sistema, participa
el Consejo Nacional de Acreditación como órgano asesor del Ministerio de Educación
Nacional, el cual se encarga de emitir concepto sobre las solicitudes de acreditación
institucional o de programas que presentan voluntariamente las instituciones de edu-
Que para emitir sus respectivos conceptos, el Consejo Nacional de Acreditación se
basa entre otros puntos, en la evaluación externa que realizan los pares académicos, de
pares académicos que apoyan los diferentes procesos que se adelantan en el marco del
Sistema Nacional de Acreditación, y cuya labor es requerida para efectos de que el
Ministerio de Educación Nacional resuelva las solicitudes de acreditación que presentan
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Valor de Honorarios
pares académicos que participan en el proceso de acreditación de programas académicos
Reconocimiento de viáticos y pasajes Si para el cumplimiento de las
actividades de los pares académicos es necesario su desplazamiento a ciudades distintas
de la de su residencia, se les deberá suministrar pasajes y reconocer viáticos en cuantía
equivalente al cargo de Director Técnico del Ministerio de Educción Nacional, según
Pago de honorarios y viático a pares académicos que residen en el
exterior Cuando los procesos de acreditación requieran contar con pares académicos
el valor equivalente a doscientos dólares (US$200) diarios, los cuales serán cancelados
Ajuste del valor
Vigencia y derogatoria
La Ministra de Educación Nacional,
María Fernanda Campo Saavedra.
(C. F.).
MINISTERIO DE VIVIENDA,
CIUDAD Y TERRITORIO
DECRETOS
(septiembre 10)
por el cual se reglamenta el artículo 250 de la Ley 1450 de 2011, se crea el Mecanismo
Departamental de Evaluación, Viabilización y Aprobación de Proyectos del Sector de
Agua Potable y Saneamiento Básico priorizados en el marco de los Planes Departa-
mentales de Agua y de los programas regionales y/o departamentales que implemente
el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, se establecen sus requisitos y se dictan
otras disposiciones.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitu-
cionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la
Constitución Política y en desarrollo de lo previsto en la Ley 1450 de 2011,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 250 de la Ley 1450 de 2011, por medio de la cual se expide el Plan
Nacional de Desarrollo, establece que “Aquellos proyectos del sector de agua pota-
territoriales en el marco de los Planes Departamentales para el manejo empresarial
de los servicios de Agua y Saneamiento, serán evaluados y viabilizados a través de
un mecanismo regional, conforme a la reglamentación que para el efecto expida el
Gobierno Nacional”.
las actividades de evaluación y viabilización de proyectos del sector de agua potable y
saneamiento básico, priorizados en el marco de los Planes Departamentales de Agua
Que se requiere establecer los criterios técnicos, requisitos de presentación y aproba-
ción de los proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico para la evaluación
proyectos y contribuir a la dinamización de las inversiones en el sector acorde con las
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
CAPÍTULO I
Parte general
Objeto. Por medio del presente decreto se crea el Mecanismo Depar-
tamental para la evaluación y viabilización de proyectos del sector de agua potable y
saneamiento básico en el marco de los Planes Departamentales de Agua y otros Progra-
mas regionales para el manejo de agua potable y saneamiento básico; se establecen sus
requisitos y procedimiento para la presentación, viabilización y aprobación de proyectos
Mecanismo departamental de viabilización de proyectos. El Mecanismo
Departamental de Viabilización de Proyectos evaluará y viabilizará aquellos proyectos
de los Planes Departamentales de Agua y de los demás Programas regionales para el
manejo de agua potable y saneamiento básico de que trata el artículo primero del pre-
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