Resolución número 000363 de 2012, por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 306 de 2012, por la cual se otorga un apoyo al transporte de maíz amarillo en el segundo semestre de 2012 - 22 de Octubre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 403890914

Resolución número 000363 de 2012, por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 306 de 2012, por la cual se otorga un apoyo al transporte de maíz amarillo en el segundo semestre de 2012

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín48591

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el artículo 7º de la Ley 101 de 1993 y el numeral 13 del artículo 3º del Decreto número 2478 de 1999, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución número 306 de 2012, se implementó el incentivo al transporte de maíz en el segundo semestre de 2012, con el fin de otorgar a los productores un apoyo al transporte de maíz nacional producido en el segundo semestre de 2012, para facilitar su comercialización.

Que de acuerdo al seguimiento que ha realizado el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural al programa, con base en la información reportada por la Bolsa Mercantil de Colombia y atendiendo la salida de la cosecha en las diferentes zonas de producción, concluye que existe una mayor necesidad de cobertura por volumen con incentivo al transporte al originalmente dispuesto en la citada Resolución, respecto a los compradores industriales, lo cual se acompaña de una solicitud de Fenalce, haciendo este requerimiento en el sentido de beneficiar a un mayor número de productores en el país.

Que por lo anterior, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, como apoyo al Plan País Maíz y dada la importancia del cultivo, por concentrar el 13% del área agrícola del país y ser el primer cultivo de ciclo corto, considera pertinente modificar parcialmente la Resolución número 306 de 2012, con el fin de apoyar la comercialización del maíz, coadyuvando la movilización de este producto, para regular los niveles de oferta en el mercado nacional, generar estabilidad en su actividad económica y facilitar su comercialización.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Modificación del artículo 1º de la Resolución número 306 de 2012:

Modifícase el artículo 1º de la Resolución número 306 de 2012, el cual quedará así:

"Artículo 1º. Apoyo directo al transporte. Otorgar a los compradores industriales y productores un apoyo al transporte de maíz sea este amanillo o blanco nacional, para su comercialización, producido en el segundo semestre de 2012, en las condiciones y bajo los requisitos que se determinan en la presente resolución.

Artículo 2º Modificación del artículo 2º de la Resolución número 306 de 2012:

Modifícase el artículo 2º de la Resolución número 306 de 2012, el cual quedará así:

"Artículo 2º. Valor y período. El valor del apoyo por tonelada de maíz transportada desde cualquier zona de producción hacia cualquier centro de consumo nacional, incluido el mismo casco urbano del municipio en el que se encuentra ubicado el maíz, será el valor de la factura de transporte que presente y hasta cuarenta mil pesos ($40.000) m/cte., para:

- Las ventas que realicen o se hayan realizado y registren los productores de maíz, entre el día cinco (5) de septiembre y el treinta y uno (31) de octubre de 2012.

- Las compras que facturen, registren y transporten los compradores industriales a productores no inscritos en el programa entre el dieciséis (16) y el treinta y uno (31) de octubre de 2012.

Parágrafo 1º. Se considerará que son compradores industriales para este programa las empresas productoras de harinas precocidas y alimentos balanceados para consumo animal".

Artículo 3º...

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