Resolución número 3483 de 2007, por la cual se reglamenta el artículo 90 del Decreto 1428 de 2007. - 5 de Septiembre de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51310912

Resolución número 3483 de 2007, por la cual se reglamenta el artículo 90 del Decreto 1428 de 2007.

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín46742

El Ministro de Defensa Nacional, en uso de la facultad que le confiere el articulo 90 del Decreto 1428 de 2007, y CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el articulo 89 del Decreto 1428 de 2007, los Oficiales, Suboficiales y alumnos de las Escuelas de Formacion, de las Fuerzas Militares que sean destinados en comision de estudios en el pais o en el exterior, deberan prestar a la institucion su servicio al termino de esta por un tiempo minimo igual al doble del lapso que hubiere permanecido en comision;

Que asi mismo, por disposicion de la citada norma el personal de Oficiales, Suboficiales y alumnos de las Escuelas de Formacion de Oficiales y Suboficiales, de las Fuerzas Militares que sean destinados en comision especial del servicio con el fin de capacitarse en determinada especialidad o adelantar entrenamiento en equipos, quedaran obligados a prestar servicio a la Fuerza respectiva por un minimo de dos (2) años;

al igual que quienes seleccionados para adelantar curso de piloto o tecnico de aeronaves quienes estan obligados a prestar sus servicios dentro del arma o especialidad por un tiempo equivalente triple de la duracion del curso realizado, precisando que tal prestacion en ningun caso sera inferior a tres (3) años;

Que para garantizar el cumplimiento de la obligacion de permanencia, el oficial o suboficial y alumnos de las Fuerzas Militares constituiran una poliza de cumplimiento por conducto de una compañia de seguros legalmente establecida en el pais, de conformidad la reglamentacion que expida el Ministerio de Defensa Nacional, segun lo dispuesto por el articulo 90 del Decreto 1428 de 2007;

Que de conformidad con lo anteriormente indicado se hace necesario, fijar las condiciones para el cumplimiento de la obligacion de permanencia en la institucion para el personal de oficiales, suboficiales y alumnos de las escuelas de formacion, destinado en comision, RESUELVE:

Articulo 1°

Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones adquiridas conforme al articulo 89 del Decreto 1428 de 2007, el personal de oficiales, suboficiales o alumnos de las escuelas de formacion, de las Fuerzas Militares, destinados en comision de estudios y comision especial del servicio a que se refiere la citada disposicion legal, constituiran una poliza de cumplimiento por conducto de una compañia de seguros legalmente establecida en el pais, a favor...

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