Resolución número 007 de 2011, por la cual se resuelve el recurso de reposición contra la Resolución número 002 de2011. - 23 de Noviembre de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 334296842

Resolución número 007 de 2011, por la cual se resuelve el recurso de reposición contra la Resolución número 002 de2011.

EmisorVarios
Número de Boletín48262
38
D I A R I O O F I C I A L
Edición 48.262
Miércoles, 23 de noviembre de 2011
Artículo 7°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.
Notifíquese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
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La Directora de Asuntos Legales,
Paola Larrahondo Cuesta.
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo 21102791. 22-XI-2011. Valor $240.800.
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por medio de la cual se imponen unas multas.
La Directora de asuntos Legales de la Secretaría Distrital de Movilidad, en ejercicio
de sus facultades constitucional y legales, en especial las conferidas por el artículo 108 del
Acuerdo 257; el artículo 25 del Decreto 567 de 2006; la Ley 80 de 1993; la Ley 1150 de
2007, el Decreto 2474 de 2008 y demás normas concordantes y,
CONSIDERANDO:
RESUELVE:
Artículo 1°. Declarar que el contratista Sociedad Ponce de León Asociados S. A. Inge-
nieros Consultores en Liquidación Judicial en ejecución del contrato de Concesión N°. 075
de 2007, ha incurrido en incumplimiento parcial de sus obligaciones contractuales según
lo expuesto en la parte motiva de esta resolución, por lo cual se declarará la ocurrencia del
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de enero de 2011 emitida por Cóndor S. A. Compañía de Seguros Generales.
Artíc ulo 2°. Como con secuencia de la ant erior decla ratoria, imp oner al contra tista
Socie dad Ponce de León Aso ciados S. A. Ingenier os Consul tores en L iquidaci ón Ju-
dicia l en calid ad de mult a, la suma de cuatro millones seiscient os treint a y cinco m il
pesos mon eda corrient e ($6.635.0 00.00), de acu erdo con lo pacta do en el contrato N°.
075 de 2007, el reglament o de la co ncesión y de confor midad con los consi derandos
de es ta provi dencia.
Artículo 3°. El valor de la suma impuesta en el artículo 2° deberá ser consignado por la
Sociedad Ponce de León Asociados S. A. Ingenieros Consultores en Liquidación Judicial
dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la ejecutoria del presente acto administra-
tivo a la Dirección Distrital de Tesorería, ubicada en la carrera 30 N°. 25 - 90, ventanilla
2, a favor de la Secretaría Distrital de Movilidad, “Formato para el recaudo de conceptos
varios”. El contratista deberá remitir copia del pago a la Dirección de Asuntos Legales
de la Secretaría Distrital de Movilidad, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la
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Parág rafo 1 °. Vencid o el término sin que se al legue copia de co nsignaci ón del
valor de l a multa , la Direcció n de Asu ntos L egales requerirá al r epresent ante le gal
de Có ndor S.A . Compañ ía de S eguros Ge nerales para que cumpla con el pago de la
multa cu bierta con la gar antía únic a de cumplimi ento, de con formidad con el ar tículo
Parágrafo 2°. De hacerse efectiva la garantía de cumplimiento expedida por S. A.
Compañía de Seguros Generales, para la cancelación de la multa impuesta mediante la
presente resolución, la Sociedad Ponce de León Asociados S. A. Ingenieros Consultores
en Liquidación Judicial deberá reponerla en un monto igual dentro de los quince (15) días
siguientes a su cancelación.
Parágrafo 3°. En caso de no efectuarse el pago descrito en el artículo 2° de este acto
administrativo en las condiciones establecidas, se causarán sobre la multa insoluta los
intereses de mora que se calcularán a la tasa máxima permitida por la ley.
Parágrafo 4°. En el evento en que no se obtenga el pago a través del requerimiento a la
compañía aseguradora, deberá darse inicio al cobro mediante las acciones judiciales a que
haya lugar, tendientes al recaudo de la multa con cargo al amparo de cumplimiento de la
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A. Ingenieros Consultores en Liquidación Judicial y al Representante Legal de Cóndor S.
A. Compañía de Seguros Generales, haciéndoles saber que en contra de la misma procede
el recurso de reposición, el cual podrá interponerse dentro de los cinco (5) días hábiles si-
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de forma personal.
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ordenado por el artículo 31 de la Ley 80 de 1993 y comuníquese a la Procuraduría General
de la Nación y a la Cámara de Comercio de Bogotá, de conformidad con lo previsto en el
numeral 22.1 del artículo 22 de la Ley 80 de 1993.
Artículo 6°. Comunicar la presente resolución al Interventor, al Supervisor del contrato,
a la Subdirección Financiera y a las dependencias y funcionarios encargados de atender
su cumplimiento.
Artículo 7°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su ejecutoria.
Notifíquese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

La Directora de Asuntos Legales,
Paola Larrahondo Cuesta.
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo 21102792. 22-XI-2011. Valor $240.800.
RESOLUCIÓN NÚMERO 007 DE 2011
(junio 24)
por la cual se resuelve el recurso de reposición contra la Resolución
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La Directora de asuntos Legales de la Secretaría Distrital de Movilidad, en ejercicio
de sus facultades constitucional y legales, en especial las conferidas por el artículo 108 del
Acuerdo 257; el artículo 25 del Decreto 567 de 2006; la Ley 80 de 1993; la Ley 1150 de
2007, el Decreto 2474 de 2008 y demás normas concordantes y,
CONSIDERANDO:
RESUELVE:
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S. A. Ingenieros Consultores en Liquidación Judicial y al Representante Legal de Cóndor
S. A. Compañía de Seguros Generales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 44 del
Artículo 3°. Comunicar la presente Resolución al Interventor, al Supervisor del contrato,
a la Subdirección Financiera y a las dependencias y funcionarios encargados de atender
su cumplimiento.
Artículo 4°. Contra la presente resolución no procede recurso alguno y rige a partir de
la fecha de su ejecutoria.
Notifíquese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá D.C., a 24 de junio de 2011.
La Directora de Asuntos Legales,
Paola Larrahondo Cuesta.
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo 21102793. 22-XI-2011. Valor $240.800.
(junio 24)
por la cual se resuelve el recurso de reposición contra la Resolución

La Directora de asuntos Legales de la Secretaría Distrital de Movilidad, en ejercicio
de sus facultades constitucional y legales, en especial las conferidas por el artículo 108 del
Acuerdo 257; el artículo 25 del Decreto 567 de 2006; la Ley 80 de 1993; la Ley 1150 de
2007, el Decreto 2474 de 2008 y demás normas concordantes y,
CONSIDERANDO:
RESUELVE:
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S. A. Ingenieros Consultores en Liquidación Judicial y al Representante Legal de Cóndor
SA Compañía de Seguros Generales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 44 del
Artículo 3°. Comunicar la presente Resolución al Interventor, al Supervisor del contrato,
a la Subdirección Financiera y a las dependencias y funcionarios encargados de atender
su cumplimiento.
Artículo 4°. Contra la presente resolución no procede recurso alguno y rige a partir de
la fecha de su ejecutoria.
Notifíquese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá D.C., a 24 de junio de 2011.
La Directora de Asuntos Legales,
Paola Larrahondo Cuesta.
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo 21102794. 22-XI-2011. Valor $240.800.
Fondo Nacional de Vivienda
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 0928 DE 2011
(noviembre 18)
por la cual se ordenan secuencialmente los planes de vivienda presentados para el concurso
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El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda, en ejercicio de sus facultades
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