Resolución número SSPD-20124400026685 de 2012, por la cual se impone una sanción. Expediente: 2011440350600200E
Emisor | Superintendencias - Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios |
Número de Boletín | 48634 |
RESUELVE:
directa o indirectamente, por un término de diez (10) años, a la empresa Acueducto El Cortijo LTDA., en Liquidación, término que se empezará a contar a partir de los cuatro (4) meses siguientes a la ejecutoria de la presente resolución. Lo anterior, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente resolución.
Comunicar al señor Alcalde Municipal de Carmen de Apicalá, Tolima, en su calidad de representante legal del municipio, para que una vez quede en firme presente resolución y trascurrido el plazo previsto en el artículo 1º de la misma, dé aplicación al artículo 5º de la Ley 142 de 1994, para que garantice que a los usuarios del Condominio Campestre El Cortijo - Kilómetro 11 vía Melgar - zona rural del municipio de Carmen de Apicalá del departamento del Tolima), se les garantice la prestación eficiente e idónea de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado, de acuerdo con los instrumentos previstos en dicha ley.
Ordenar, en desarrollo de lo establecido en el parágrafo del artículo 16 de la Ley 142 de 1994, que como consecuencia del presente acto administrativo, una vez el mismo esté en firme, y transcurridos tres (3) meses más, los usuarios actualmente atendidos por la empresa Acueducto El Cortijo LTDA., en liquidación, se vinculen al prestador de los servicios públicos domiciliarios de Acueducto y Alcantarillado que estando legal y formalmente establecido y constituido, opere en la zona rural del municipio de Carmen de Apicalá, Tolima.
Notificar personalmente la presente resolución a la señora Beatriz...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba