Observaciones a propósito de la propuesta de reforma a la ley 975 de 2005 - Núm. 2012, Enero 2012 - Pronunciamientos de la Comisión Colombiana de Juristas - Libros y Revistas - VLEX 840663505

Observaciones a propósito de la propuesta de reforma a la ley 975 de 2005

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Observaciones a propósito de la propuesta de reforma a la ley 975 de 20051
Gustavo Gallón Giraldo
Director
A propósito de la propuesta de reforma a la ley 975 de 2005, mal llamada “Ley de Justicia y
Paz”, que actualmente cursa en el Congreso de la República2, aprobada en dos de los cuatro
debates que debe surtir en este órgano legislativo, la Comisión Colombiana de Juristas
considera oportuno un espacio de discusión sobre los alcances que debería tener este tipo de
iniciativas.
En este sentido se presentarán a continuación, sin la pretensión de ser exhaustivos, en atención
al tiempo definido para las ponencias, nueve consideraciones sobre la referida reforma, con el
ánimo de contribuir a su análisis y revisión:
1. El punto de partida de una propuesta de reforma a la ley 975 de 2005 debe ser el
reconocimiento de su fracaso. Si bien en medio de su desarrollo se dieron aspectos
positivos como la aproximación a elementos importantes de verdad, ello no implica
que no haya fracasado en lo esencial. Como se ha evidenciado la aplicación de dicha ley
no implicó un proceso de paz. Por el contrario, las condiciones de elegibilidad para
contempladas en los artículos 10 y 11 de dicha norma, así como las definidas por la
Corte Constitucional en su sentencia C-370 de 20063 no se han cumplido.
El proceso de negociación de la ley 975 implicó un acuerdo sobre beneficios penales,
pero nunca constituyó un genuino proceso de paz. Si se analiza la decisión del gobierno
anterior, de extraditar a los jefes paramilitares, supuestos interlocutores en un proceso
de paz, se fortalece esta observación. Además, hay actualmente más de diez mil
paramilitares en actividad (eran doce mil, según las cifras oficiales, en agosto de 2002,
cuando se inició el gobierno de Uribe).
De reconocerse esta situación, se tendría un enfoque adecuado a las necesidades de
reforma de la ley 975. En momentos en que el Congreso discute un proyecto de ley
dirigido a dicha reforma, se ha venido afirmando que lo que corresponde es hacer
1 Ponencia presentada en el evento: “Retos y oportunidades de la reforma a la “Ley de justicia y paz”” organizado por la
Misión de Apoyo al Pr oceso de Paz de la Organización de Estados Americanos MAPP/OEA y el Programa
Colombia del Centro Internacional para la Justicia Transicional (ICTJ), con el apoyo de las Embajadas de Suecia y
Suiza, realizado el 14 de mayo de 2012 en la ciudad de Bogotá.
2 Proyecto de ley 193 Senado, 096 de 2011 Cámara, “por medio de la cual se introducen modificaciones a la Ley 975 de
2005 ‘por la cual se dictan disposiciones pa ra la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que
contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional y se dictan otras disposiciones para acuerdos humanitarios ”.
3 Corte Constitucional. Sentencia C-370 de 2006 de 18 de mayo de 2006, Magistrados Ponentes: Manuel José
Cepeda Espinosa, Jaime Córdoba Triviño, Rodrigo Escobar Gil, Marco Gerardo Monroy Cabra, Álvaro Ta fur
Galvis y Clara Inés Vargas Hernández.

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