ENTES UNIVERSITARIOS AUTÓNOMOS Universidad Surcolombiana Resolución número 018 de 2010, por la cual se adiciona el Plan de Acción para la vigencia del año 2010 por lo suma de ochocientos setenta y dos millones ochocientos nueve mil seiscientos pesos ($872.809.600) M/Cte., y se efectúan unos y traslados por la suma de cien millones de pesos ($100.000.000) M/Cte. - 25 de Marzo de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 80908824

ENTES UNIVERSITARIOS AUTÓNOMOS Universidad Surcolombiana Resolución número 018 de 2010, por la cual se adiciona el Plan de Acción para la vigencia del año 2010 por lo suma de ochocientos setenta y dos millones ochocientos nueve mil seiscientos pesos ($872.809.600) M/Cte., y se efectúan unos y traslados por la suma de cien millones de pesos ($100.000.000) M/Cte.

EmisorEntes Universitarios Autónomos
Número de Boletín47662
30
DIARIO OFICIAL
Edición 47.662
Jueves 25 de marzo de 2010
Artículo 27. Corrección de Procedimientos. Si de la atención de la queja o reclamo
tguwnvc"swg"nqu"rtqegfkokgpvqu"pq"guvƒp"clwuvcfqu"c"ncu"pgegukfcfgu"fgn"ugtxkekq."nc"QÝekpc"
de Control Interno y el Grupo de Planeación o el que haga sus veces deberán adoptar las
medidas y correctivos a que haya lugar, previa solicitud que en tal sentido formule el Grupo
de Atención al Ciudadano.
Artículo 28. Investigación Disciplinaria. Si de la evaluación que realice el Grupo
de Atención al Ciudadano a la queja o reclamo formulado se deriva la existencia de una
conducta que pueda ser constitutiva de falta disciplinaria, la remitirá al Grupo de Control
Disciplinario o quien haga sus veces, para que ordene la apertura del proceso pertinente.
De esta actuación se comunicará al quejoso.
Artículo 29. Npgc"Vgngh„pkec"Itcvwkvc0"Eqp"gn" Ýp"fg" cvgpfgt"ncu"swglcu." tgencoqu"{"
sugerencias existirá en el Grupo de Atención al Ciudadano, o la dependencia que haga sus
veces, una línea gratuita que atenderá en forma permanente en el horario laboral, de lo cual
se llevará el registro respectivo. Al Usuario se le exigirán los datos señalados en el artículo
54"fg"nc"rtgugpvg"tguqnwek„p."eqp"gn"Ýp"fg"fct"tgurwguvc"c"uw"tgswgtkokgpvq"q"kpswkgvwf."rqt"
teléfono o a la dirección que indique.
Artículo 30. Buzón de Quejas, Reclamos y Sugerencias en Internet. En la página web
que la Superintendencia de Sociedades tiene en la red de Internet, existirá un buzón donde el
Usuario podrá formular sus quejas, reclamos y sugerencias, debiendo aportar la información
señalada en el artículo 32 de la presente resolución. La respuesta al quejoso se realizará por
el mismo medio, dejándose constancia de ello.
Artículo 31. Quejas, Reclamos y Sugerencias Verbales. Las quejas, reclamos y sugerencias
verbales se presentarán personalmente en el Grupo de Atención al Ciudadano, Intendencias
Regionales, donde reposará un formulario en el cual el usuario indicará el motivo de la
misma y los demás datos que permitan informarle al interesado sobre el trámite respectivo.
Artículo 32. Registro de Quejas, Reclamos y Sugerencias. El Grupo de Atención al
Ciudadano llevará un libro en el que, cuando se presente una queja, reclamo o sugerencia,
salvo que sean anónimas, se registrará la siguiente información:
1. Número y fecha de la radicación;
40"Pqodtg."fktgeek„p"g"kfgpvkÝecek„p"fgn"kpvgtgucfq="
3. Dependencia o funcionario contra quien se dirige la queja, reclamo o sugerencia;
4. Servicio sobre el cual recae la queja, reclamo o sugerencia;
5. Documentos y pruebas que se anexan, y
80"P¿ogtq"{"hgejc"fgn"qÝekq"fg"tgurwguvc0"
Artículo 33. Intendencias Regionales. En las Intendencias Regionales de la Superinten-
dencia de Sociedades se designará un funcionario encargado de recibir las quejas, reclamos
y sugerencias que allí se formulen. El Intendente Regional utilizará todos los medios a su
alcance para adoptar los correctivos pertinentes bajo los principios y términos expresados
en esta resolución. De la actuación se tomarán los datos de que trata el artículo anterior,
nqu"ewcngu"ugtƒp"gpxkcfqu"wpc"xg¦"Ýpcnkeg"gn"vtƒokvg"eqttgurqpfkgpvg"cn"Itwrq"fg"Cvgpek„p"
al Ciudadano para que sean incluidos dentro del registro respectivo.
VI. Fkurqukekqpgu"Ýpcngu
Artículo 34. Aplicación. En lo no previsto en esta resolución se dará aplicación a lo
dispuesto en el Código Contencioso Administrativo y las normas que lo adicionen, modi-
Ýswgp."cenctgp"q"tghqtogp0"
Artículo 35. Funciones Jurisdiccionales. Lo dispuesto en la presente resolución no se
aplicará a las solicitudes que se formulen a la Superintendencia de Sociedades, cuando esta
ejerza funciones jurisdiccionales.
Artículo 36. Sanciones disciplinarias. La inobservancia de cualquiera de las disposiciones
contenidas en la presente resolución generará la correspondiente investigación disciplinaria
para el funcionario implicado, según las previsiones de la Ley 734 de 2002 y las normas
swg"nc"cfkekqpgp."oqfkÝswgp"q"cenctgp0"
Artículo 37."OqfkÝecek„p"cn"Tgincogpvq0"Ewcnswkgt"oqfkÝecek„p"c"nc"rtgugpvg"tguqnwek„p"
requerirá revisión y aprobación previa por parte de la Procuraduría General de la Nación,
de conformidad con lo ordenado en el Decreto 770 de 1984.
Artículo 38. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación
en el Fkctkq"QÝekcn, previa aprobación de la Procuraduría General de la Nación, y deroga
la Resolución número 100-000733 del 19 de marzo 2003.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
El Superintendente de Sociedades
Hernando Ruiz López.
(C.F.)
ENTES UNIVERSITARIOS AUTÓNOMOS
Universidad Surcolombiana
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 018 DE 2010
(febrero 8)
rqt"nc"ewcn"ug" cfkekqpc"gn"Rncp"fg"Ceek„p" rctc"nc"xkigpekc"fgn"c‚q" 4232"rqt"nq"uwoc"fg"
qejqekgpvqu"ugvgpvc"{"fqu"oknnqpgu"qejqekgpvqu"pwgxg"okn"ugkuekgpvqu"rguqu"*&:940:2;0822+"
O1Evg0."{"ug"ghgev¿cp"wpqu"{"vtcuncfqu"rqt"nc"uwoc"fg"ekgp"oknnqpgu"fg"rguqu"*&32202220222+"
M/Cte.
El Rector de la Universidad Surcolombiana, en uso de sus facultades legales y estatutarias,
en especial las conferidas por el artículo 2° del Acuerdo 006 del año 2009; y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Superior Universitario mediante Acuerdo 016 del 7 de febrero de 2010,
cfkekqp„"gn"Rncp"Qrgtcvkxq"Cpwcn"fg" Kpxgtukqpgu."RQCK.""rctc"nc"xkigpekc"Ýuecn" 4232."gp"
la suma de ochocientos setenta y dos millones ochocientos nueve mil seiscientos pesos
($872.809.600) m/cte., así:
PY.3.3.2 Consolidación de los grupos de investigación (jóvenes inves-
tigadores) $250.437.600
R[050506"Iguvk„p"rctc"nc" Ýpcpekcek„p"fg" rtq{gevqu"fg" "kpxguvkicek„p"
(incrementar convenios) $622.372.000
Y efectuó traslados por la suma de cien millones de pesos ($100.000.000) m/cte. así:
De los Proyectos:
PY.3.3.2 Consolidación de los grupos de investigación (jóvenes inves-
tigadores) $50.000.000
R[050506"Iguvk„p" rctc" nc" Ýpcpekcek„p" fg" rtq{gevqu" fg" kpxguvkicek„p"
(incrementar convenios) $50.000.000
Al:
R[090303"Ukuvgwueq<"rctc"nc"kpeqtrqtcek„p"fgÝpkvkxc"fg"ncu"vke"c"nc"qrg-
tcvkxkfcf"fg"nc"WUEQ"*rgtÝn"vgepqn„ikeq+""Eqpuqnkfcek„p"fg"nqu"itwrqu"
de investigación (jóvenes investigadores) $100.000.000
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Ctvewnq"3̇0"OqfkÝect"gn"Rncp"fg"Ceek„p"rctc"nc"xkigpekc"4232."gp"ncu"Cevkxkfcfgu"eq-
ttgurqpfkgpvgu"c"nqu"Rtq{gevqu"cfkekqpcfqu"{"oqfkÝecfqu"eqoq"ug"owguvtc"c"eqpvkpwcek„p<"
PLAN DE ACCIÓN 2010
Responsable
FUENTES DE FINANCIACIÓN PLAN DE ACCIÓN 2010
ACVTIVIDADES
Rublo
RECURSOS ASIGNADOS
Sigla Actividad Total Nación Est. Depto Est.
Neiva Est.
Garzón Est. La
Plaza Est.
Pitalito Convenios Iva Recursos
Propios Exced. Usco Fto.
Btar. Exced. Fac
ACT-PY-332-2 AUMENTAR CANTIDAD JÓVENES IN-
VESTIGADORES 410 DIRECTORA INVES-
TIGACIONES 350.437.600 50.000.000 300.437.600 0 0
ACT-PY-334-1 CONVENIOS Y/O ALIANAZAS DE FI-
NANCIACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN 410 VIPS 672.372.000 672.372.000 0
ACT-PY-334-2 SOSTENIMIENTO PROYECTOS DE IN-
VESTIGACIÓN 410 DIR. INVESTIG. 658.037.903 38.007.308 288.690.103 282.353.396 48.987.096 0
ACT-PY-771-1 REALIZAR EL PERFIL TECNOLÓGICO
DE LA UNIVERSIDAD 510 DIRECTORA PROY.
SOC. 110.000.000 50.000.000 40.000.000 20.000.000
Artículo 2°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en Neiva, a 8 de febrero de 2010.
El Rector,
Fabio Lozada Pérez
La Secretaria General,
Luz Elena Gutiérrez Uribe.
(C.F.)
RESOLUCIÓN NÚMERO 028 DE 2010
(marzo 5)
por la cual se crea el Comité Financiero de la Universidad
Surcolombiana.
El Rector (e.) de la Universidad Surcolombiana, en uso de sus atribuciones legales
y estatutarias en especial la conferida en el Acuerdo 075 de 1994 Estatuto General de la
Universidad, artículo 31, numerales 3 y 18, y;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR