Resolución número 055 de 2005, por la cual se declara la ocurrencia del siniestro de manejo del anticipo, se hace efectiva la garantía única de cumplimiento y se liquida unilateralmente la Orden de Trabajo SOP-V-130 de 2002. - 24 de Mayo de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50457231

Resolución número 055 de 2005, por la cual se declara la ocurrencia del siniestro de manejo del anticipo, se hace efectiva la garantía única de cumplimiento y se liquida unilateralmente la Orden de Trabajo SOP-V-130 de 2002.

EmisorVarios
Número de Boletín46638

El Secretario de Obras Publicas del Departamento de Cundinamarca, en ejercicio de las facultades que le fueron delegadas mediante el Decreto Departamental numero 0180 del 30 de junio de 2004, y las otorgadas en el numeral 2 del articulo de la Ley 80 de 1993 y numeral 5 del articulo 68 del Codigo Contencioso Administrativo, y CONSIDERANDO:

Que el dia 25 de octubre de 2002, el departamento de Cundinamarca (Secretaria de Obras Publicas) celebro la Orden de Trabajo numero SOP-V-130 de 2002 con el arquitecto Hector con Francisco Abril Gonzalez, identificado con la cedula de ciudadania numero 11430887 de Facatativa, para la "construccion andenes y adecuacion espacio publico barrio Cartagena, municipio de Facatativa";

Que el valor del contrato mencionado, de conformidad con lo estipulado en su clausula segunda, se pacto en la suma de veinticuatro millones setecientos cuarenta y ocho mil quinientos cincuenta y cinco pesos ($24.748.555,00) moneda corriente, y, de acuerdo con la clausula cuarta, para la ejecucion de las obras objeto del mismo contrato, se convino un plazo de sesenta (60) dias, contados a partir de la fecha del acta de iniciacion.

Segun consta en el folio cincuenta y cuatro (54) del expediente del contrato, la respectiva acta de iniciacion se suscribio el 10 de diciembre de 2002, por lo tanto, el 7 de febrero de 2003, vencia el plazo de ejecucion de las obras.

Segun lo previsto en la clausula tercera de la Orden de Trabajo SOP-V-130-2002, el departamento de Cundinamarca-Secretaria de Obras Publicas, le concedio al contratista, para la ejecucion de las obras, un anticipo equivalente al cincuenta por ciento (50%) del valor total del contrato, es decir, la suma de doce millones trescientos setenta y cuatro mil la doscientos setenta y ocho pesos ($12.374.278,00) moneda corriente, valor al cual se aplicaron los descuentos de ley, segun Orden de Pago numero 78447 obrante a folio cincuenta el y dos (52) del expediente. De conformidad con las estipulaciones del contrato, el saldo se cancelaria mediante actas parciales o totales de recibo de obra, realizadas bajo la supervision de la interventoria, con la debida amortizacion del anticipo.

Durante la vigencia de la orden se suscribieron las Actas numeros 2, 3 y 4 (folios 57, 60 y 65) por las cuales se suspendio el plazo del contrato del 15 de enero de 2003 al 7 de febrero de 2004, quedando como nueva fecha de terminacion de plazo de ejecucion, el 9 de febrero de 2004;

Que mediante oficios con numero 222 de 28 de febrero de 2005 y 2123 de 25 de agosto de 2005, radicados en la Direccion de Contratacion de la Secretaria de Obras Publicas del departamento, con numeros 0371 de 28 de febrero de 2005 y 2430 de 25 de agosto de 2005, (folio 88 y 108), el...

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