Oficio 220- 051644 del 03 de Marzo de 2020 Sociedad anónima (Reunión de segunda convocatoria ? Derechos de accionistas) - Núm. 3-2020, Marzo 2020 - Boletín Conceptos Jurídicos - Libros y Revistas - VLEX 846943651

Oficio 220- 051644 del 03 de Marzo de 2020 Sociedad anónima (Reunión de segunda convocatoria ? Derechos de accionistas)

Páginas3-4
Conceptos jurídicos emitidos por La Superintendencia de Sociedades - Marzo 2020
SOCIEDAD ANÓNIMA
(REUNIÓN DE SEGUNDA CONVOCATORIA DERECHOS DE ACCIONISTAS)
DOCTRINA:
PLANTEAMIENTO:
OFICIO 220- 051644 DEL 03 DE MARZO DE 2020
Me reero a su comunicación radicada con el número de la referencia, mediante
el cual solicita se le aclaren algunos puntos de carácter general, relativos a la
toma de decisiones por parte del representante legal de una entidad pública, en
su calidad de accionista de una sociedad anónima y la conformación del quorum
decisorio en las reuniones de segunda convocatoria.
1. Primera inquietud: ¿Si habiendo sido debidamente convocada una Asamblea
Extraordinaria de Accionistas, no se conforma quorum deliberatorio ni decisorio
por ausencia de los accionistas, en la reunión de segunda convocatoria,
debidamente citada, qué número de acciones suscritas y pagadas deben
estar presentes para la toma de decisiones?
2. Si la respuesta a la anterior inquietud determina que cualquier número plural
de accionistas constituye quorum deliberatorio y decisorio, ¿puede, así sea
un número inferior o pequeño de acciones suscritas y pagadas presentes en
la reunión proceder a la remoción o reemplazo del representante legal?
3. Si el representante legal de una entidad pública que a su vez es accionista
de una sociedad anónima, ha sido instruido por su propia Junta Directiva, en
decisión tomada legalmente, que cualquier determinación que se pretenda
tomar por parte del representante legal en la sociedad de la cual es accionista la
entidad, debe estar previamente aprobada por esa Junta Directiva, constituye
este hecho una causa justicada para que se presente la abstención del voto
por condicionamiento legal, si el representante legal no cuenta con estas
instrucciones?
4. ¿Cuál es el efecto jurídico de la abstención del voto por condicionamiento
legal?
5. En caso anterior, ¿cómo se conforma entonces el quorum deliberatorio y el
decisorio?

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