Oficio 220-059603 del 15 de Marzo de 2017
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220-052314 DEL 13 DE MARZO DE 2017
La sociedad en comandita se formará siempre entre uno o más
socios que comprometen solidaria e ilimitadamente su
responsabilidad por las operaciones sociales y otro o varios
socios que limitan la responsabilidad a sus respecvos aportes.
Los primeros se denominarán socios gestores o colecvos y los
segundos, socios comanditarios.
220-057416 DEL 14 DE MARZO DE 2017
Según el marco legal correspondiente, es la regla que consagra
el derecho a la libre negociación de las acciones según los
términos del numeral 379 del Código de comercio, qu e faculta
al tular para vender a su discreción las acciones d e su
propiedad, derecho que reitera el arculo 403 del mismo
código, de acuerdo con el cu al las acciones son libremente
negociables, salvo las excepciones previstas en la ci tada
disposición legal, esto es las contenidas en los numerales 1 al 4
de la citada norma. Tales limitaciones, de naturaleza taxa va,
son las acciones privilegiadas, las comunes respecto de las
cuales se hu biere pactado el derecho de preferencia, las
acciones de industria no liberadas y las gravadas con prenda.
220-059627 DEL 15 DE MARZO DE 2017
El arculo 131 del Decreto 2649 de 1993, consagra el
procedimiento del acta adicional, cuyo propósito es suplir las
omisiones en las actas; en tal virtud dispone, “quienes hubieren
actuado como presidente y secretario pueden asentar actas
adicionales para suplir tales omisiones. Pero cuando se trate de
aclarar o hacer constar decisiones de los órganos, el acta
adicional debe ser aprobada por el respecvo órgano o po r las
personas que este hubiere designado para el efecto.
220-059603 DEL 15 DE MARZO DE 2017
La sucursal de una sociedad extranjera, como establecimiento
de comercio que es de la sociedad, no puede tener una
denominación social diferente a la de la casa matriz, dado que
se desvirtuaría con ello su verdadera idendad.
220-059116 DEL 15 DE MARZO DE 2017
El registro mercanl de la situación de control y/o de grupo
empresarial, debe realizarse cuando se conguren los
presupuestos señalados en los arculos 26, 27 y 28 de la Ley
222 de 1995. Las presunciones de subordinación
corresponden al control interno por parcipación, al contro l
interno por el derecho a emir votos constuvos de mayoría
mínima decisoria o por tener el número de votos necesari os
para elegir la junta direcva y al control externo.
220-060305 DEL 17 DE MARZO DE 2017
Toda sociedad, empresa unipersonal y sucursal de socied ad
extranjera no someda a la inspección, vigilancia o control de
la Superintendencia Financiera de Colombia, que se
encuentre someda a vigilancia de otra Superintendencia, o a
vigilancia o control de la Superintendencia de Sociedades, que
pretenda llevar a cabo una reforma estatutaria consistente en
la disminución de su capital social con efecvo reembolso de
aportes, así como una sociedad inspeccionada que no esté
sujeta al régimen de au torización general mencionado en el
Literal A precedente, deberá solicitar de manera p revia al
perfeccionamiento de tal reforma, autorización parcular de
la Superintendencia de Sociedad es mediante comunicación
escrita, que deberá estar rmad a por su representante legal o
apoderado debidamente constuido.
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