Oficio 220-074017 del 29 de Abril de 2016 - Núm. 04-2016, Abril 2016 - Boletín Conceptos Jurídicos - Libros y Revistas - VLEX 847012990

Oficio 220-074017 del 29 de Abril de 2016

Páginas12-12
220-074017 DEL 29 DE ABRIL DE 2016
El arculo 155 del Código de Comercio señala que salvo que en
los estatutos se jare una mayoría decisoria superior, la distri-
bución d e ulidades la aprobará la asamblea o junta de socios
con el voto favorable de un número plural de socio s que repre-
senten, cuando menos, el 78% de las acciones, cuotas o partes
de interés representadas en la reunión. Cuando no se obtenga la
mayoría prevista en el inciso anterior, deberá distribuirse por los
menos el 50% de las u lidades líquidas o del saldo de las mis-
mas, si tuviere que enjugar pérdidas de ejercicios anteriores.
220-073864 DEL 29 DE ABRIL DE 2016
El arculo 446 de la legislación mercanl determina que la
junta direcva y el representante legal de la sociedad, debe
presentar a la reunión del órgano rector, para su aprobación o
improbación, el balance del ejercicio, acompañ ado ente otros
documentos de un proyecto de distribución de ulidades, el
cual de ser aprobado por los asociados. Las ulidades, d eben
estar “juscadas por balances dedignos y después de he-
chas las reservas legal, estatutaria y ocasionales, así como las
apropiaciones para el pago de impuestos” .

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