Oficio 220-075200 del 09 de Junio de 2015
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CONCEPTOS JURÍDICOS
220-071420 DEL 02 DE JUNIO DE 2015
Los acuerdos de accionistas en las sociedades del po de la s
SAS podrán versar sobre cualquier asunto lícito y su ulidad
estriba en poder conformar alianzas que funcionen parale-
lamente a los estatutos, sin contrariarlos; ahora b ien, si un
acuerdo llegara a celebrarse por todos los accionistas, pues
lo viable resultaría en este evento que traduzca en una mo-
dicación a los estatutos de la compañía, como quiera que
al suscribirse en esas ci rcunstancias, se convierte en una
norma a la que todos ellos deben someterse.
220-074792 DEL 04 DE JUNIO DE 2015
Siempre que se trate de sociedades no somedas a la vigi-
lancia de otros organismos a quienes les competa conocer
de esos asuntos, uno o más de los asociados representantes
de no menos del diez por ciento del capital social o alguno
de sus ad ministradores, podrán por si o por medio de apo-
derado, solicitar la adopción de cualquiera de las medidas
administravas contempladas en el arculo 87 de la Ley
222 de 1995 modicado por el arculo 152 del Decreto 019
de 2012, entre ellas la prácca de invesgaciones adminis-
travas, a las que habrá lugar cuando quiera que pretenda
vericarse la ocurrencia de hechos lesivos de los estatutos o
de la ley, en cuyo caso esta Endad decretará las medidas
pernentes, según las facultades asignadas en las citadas
disposiciones.
220-074969 DEL 05 DE JUNIO DE 2015
Los bienes en garana reportados por el deud or al inicio del
proceso de reorganización, deberán ser presentados en un
estado de inventario debidamente valorado a la fecha de
presentación de los estados nancieros allegados con la
solicitud. Se d esprende el efecto d e suspensión o atracción
de procesos de ejecución frente a bienes del deudor, sea
que se trate d e bienes muebles o inmuebles. Sin embargo, el
fuero de atracción se restringe a los bienes q ue el deudor
haya informado como necesarios para su acvidad.
220-075249 DEL 09 DE JUNIO DE 2015
Con sujeción a las normas generales sobre d istribución de
ulidades, se reparrán entre los accionistas las ulidades
aprobadas por la asamblea, juscadas por balances dedig-
nos y después de hechas las reservas legal, estatutaria y oca-
sionales, así como las apropiaciones para el pago de impues-
tos.
220-075200 DEL 09 DE JUNIO DE 2015
Una de las caracteríscas más relevantes en el marco norma-
vo de las SAS, es la posibilidad de ejercer la más amplia au-
tonomía contractual en la redacción de los estatutos sociales;
en esencia se trata de permir que los asociados a su discre-
ción denan las reglas bajo las cuales se han de manejar los
asuntos relacionados con la organ ización y funcionamiento
de la sociedad, lo que explica que las disposiciones conteni-
das en la ley citada tengan un carácter eminentemente dispo-
sivo que pueden ser remplazadas por las reglas qu e acuer-
den los asociados.
220-075179 DEL 09 DE JUNIO DE 2015
Los entes societarios, lo que incluye a las sociedades anóni-
mas, pueden establecer estatutariamente más de un corte de
cuentas, en caso armavo los administradores de la soci e-
dad están en la obligación de cortar sus cuentas y elaborar
los estados nancieros de propósito general comparavos
conforme a las prescripciones legales y a las normas de con-
tabilidad establecidas, en las fechas determinadas en los es-
tatutos, lo que de otra manera signica que si la sociedad
ene previsto cortes semestrales, en cada uno de los cierres
debe preparar y difundir estados nancieros d e propósito
general comparavos, información nanciera que deberá
remirse a la Endad luego de que hayan sido puestos a con-
sideración del máximo órgano social y siempre que la socie-
dad se encuentre en alguna de las causales de vigilancia
(Decreto 4350 de 2006), o tratándose de sociedades en ins-
pección cuando la Endad así lo haya solicitado, dentro de los
plazos que anualmente dene la E ndad a través de Circular
Externa, con fundamento en las atribucion es de inspección y
vigilancia previstas en los arculos 83 y 84 de la Ley 222 de
1995 .
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