Oficio 220-104025 del 9 de agosto de 2021 - Núm. 8-2021, Agosto 2021 - Boletín Conceptos Jurídicos - Libros y Revistas - VLEX 878319614

Oficio 220-104025 del 9 de agosto de 2021

Páginas5-9
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CONCEPTOS JURÍDICOS EMITIDOS POR
LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
Agosto 2021
OFICIO 220-104025 DEL 9 DE AGOSTO DE 2021
DOCTRINA:
ARTÍCULO 31 DE LA LEY 1116
DE 2006 - ACUERDOS DE
REORGANIZACIÓN - PLAZO
PARA LA ATENCIÓN DEL PASIVO
EXTERNO DE ACREEDORES NO
VINCULADOS SUPERIOR A DIEZ
AÑOS
PLANTEAMIENTO:
“(…) Por otra parte, el artículo 32 de la Ley 1116 de 2006 determina que
cuando los acreedores internos voten en un mismo sentido y sean
mayoría, deberán conseguir al menos el 25% o más de los votos res-
tantes para que sea posible la aprobación del acuerdo por parte del
juez del concurso.
Así las cosas, existen casos en los cuales los acreedores internos osten-
tan la mayoría de los votos, pero no la mayoría decisoria porque tie-
nen que conseguir el 25% adicional de los votos restantes para poder
lograr que se apruebe el acuerdo.
La pregunta de esta consulta entonces es, ¿Si los acreedores internos
son mayoría, pero no la mayoría decisoria por no poder decidir sin el
25% adicional que se les requiere, pueden entonces someter a más de
10 años los pagos del Acuerdo de Reorganización?”

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