Oficio 220-106597 del 09 de Octubre de 2019. Retención en la fuente y pago de parafiscales y seguridad social por compensaciones en mercadeo multinivel. - Núm. 10-2019, Octubre 2019 - Boletín Conceptos Jurídicos - Libros y Revistas - VLEX 846943582

Oficio 220-106597 del 09 de Octubre de 2019. Retención en la fuente y pago de parafiscales y seguridad social por compensaciones en mercadeo multinivel.

Páginas9-10
Conceptos jurídicos emitidos por La Superintendencia De Sociedades - Octubre 2019
OFICIO 220-106597 DEL 09 DE OCTUBRE DE 2019
DOCTRINA:
RETENCIÓN EN LA FUENTE Y PAGO DE
PARAFISCALES Y SEGURIDAD SOCIAL
POR COMPENSACIONES EN MERCADEO
MULTINIVEL.
PLANTEAMIENTO:
1. ¿Es legal que la empresa me retenga de mis comisiones para la DIAN?
2. ¿La empresa me puede exigir seguridad social y parascal?
3. ¿El contrato puede ser de forma virtual con un link de aceptación o tiene que ser
físico de notaría?
4. ¿Si la empresa es colombiana y tengo un extranjero lo puedo aliar? Vive en
Colombia, es venezolano.
5. ¿Y si tengo una persona para aliar en Perú o Venezuela (por internet) y él quie-
re aliar allá por internet también, pagos y envíos virtuales, lo puedo hacer?”
POSICIÓN DOCTRINAL:
Esta entidad se pronunció determinando los efectos procesales de la muerte de uno de
los actores dentro del proceso así:
Sobre la primera pregunta, en la que se so-
licitó indicar si es legal que la empresa
mulnivel aplique la retención en la
fuente a las compensaciones re-
cibidas por la venta de bienes y
servicios en el esquema mulni-
vel, se informa que la empresa
mulnivel, como persona ju-
rídica es agente de retención
cuando se trata de pagos por
servicios personales, al tenor
de lo previsto en el parágrafo
2 del arculo 383 y del arculo
Esto signica que la empresa mulni-
vel, está obligada a efectuar los descuen-
tos por concepto de retención en la fuente del
impuesto de renta y complementarios,
cuando (i) el monto a pagar supere
el límite consagrado en la norma,
(ii) la persona retenida es sujeto
pasivo del impuesto de renta y
complementarios y (iii) el pago
se efectúa por concepto de los
servicios personales prestados
por el vendedor independien-
te13, aspectos éstos que deben
ser vericados por el agente re-
tenedor al momento de efectuar
el pago, como lo precisó la DIAN
en los Ocios 017857 de 2013,
039876 de 2013 y 031829 de 2015.

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