Oficio 220-130431 del 28 de Septiembre DE 2015 - Núm. 09-2015, Septiembre 2015 - Boletín Conceptos Jurídicos - Libros y Revistas - VLEX 847023773

Oficio 220-130431 del 28 de Septiembre DE 2015

Páginas14-14
220-126249 DEL 22 DE SEPTIEMBRE DE 2015
Las acciones serán ind ivisibles y, en consecuencia, cuando
por cualquier causa legal o convencional una acción perte-
nezca a varias personas, éstas deberán designar un repre-
sentante común y único que ejerza los derechos correspon-
dientes a la calidad de accionista. “A falta de acuerdo, el
juez del domicilio social designará el representante de tales
acciones, a peción de cualquier interesado.
220-127856 DEL 24 DE SEPTIEMBRE DE 2015
La estructura orgán ica de la sociedad no se modica por el
hecho de que el accion ista único de la sociedad absorben-
te, resuelva ad quirir las acciones que enen los accionistas
de la sociedad absorbida, salvo en el caso de la asamblea,
ya que dicho órgano no quedaría conformado de manera
plural sino de manera individual. No o bstante, y dado que
las acciones quedan en cabeza de un solo accionista, podrá
éste en ejercicio de la autonomía privada, modicar la or-
ganización interna de la compañía.
220-127851 DEL 24 DE SEPTIEMBRE DE 2015
En el caso de los patrimonios autónomos constuidos a
través de ducia mercanl por sociedades supervisadas por
la Superintendencia de Sociedades la obligación de hacer la
inscripción corresponderá a la sociedad duciaria donde el
mismo se constuyó. Por estar las sociedades duciarias
vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia,
la Superintendencia d e Sociedades, en caso de tener cono-
cimiento de esta situación, correrá traslado de tal informa-
ción a la Superintendencia Financiera de Colombia con el
n de que este tome las medidas correspondientes.
220-130489 DEL 28 DE SEPTIEMBRE DE 2015
Los derechos que adquiere un trabajador como producto
de una relación laboral, en los términos del Código Sustan-
vo del Trabajo, no son eternos, sino q ue prescriben tres
años después de haber causado o adqu irido, y de otra, que
la prescripción se interrumpe como consecuencia del recla-
mo escrito que el trabajador haga al empleador o ante la
autoridad competente, de un derecho plenamente determi-
nado. La interrup ción de la prescripción opera por una sola
vez por el mismo derecho sujeto a prescripción.
220-130461 DEL 28 DE SEPTIEMBRE DE 2015
El máximo órgano d e dirección en una sociedad lo constu-
ye la Junta o Asamblea de Socios, a la cual le corresponde
entre otras funciones “Dispo ner de las ulidades sociales
conforme al contrato y a las leyes”.
220-130431 DEL 28 DE SEPTIEMBRE DE 2015
Cualquier sociedad podrán transformarse en sociedad por
acciones simplicada, antes de la disolución, siempre que
así lo decida su asamblea o junta de socios, mediante deter-
minación unánime de los asociados tulares de la totalidad
de las acciones suscritas .

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