Oficio 220-132742 del 07 de Octubre de 2015 - Núm. 10-2015, Octubre 2015 - Boletín Conceptos Jurídicos - Libros y Revistas - VLEX 847023658

Oficio 220-132742 del 07 de Octubre de 2015

Páginas5-5
CONCEPTOS JURÍDICOS
220-131628 DEL 02 DE OCTUBRE DE 2015
A la sociedad extranjera se le habilita para actuar en el terri-
torio nacional haciendo uso de una sucursal, por tal razón
esta no es independiente ni puede tomar decisiones disntas
a la de su matriz o desligarse de la sociedad extranjera para
transformarse en una sociedad, pues se insiste no ene au-
tonomía ni independencia jurídica disnta de la de su matriz.
220-131993 DEL 05 DE OCTUBRE DE 2015
Cuando se admitan nuevos socios o accionistas, es recomen-
dable hacer una debida diligencia con el n de conocer estos
nuevos socios y accionistas y así evitar recibir aportes en
dinero o en especie que puedan contagiar a la misma del
riesgo de LA/FT. Se recomiend a consultar las listas que apa-
recen en la página WEB de la Superintendencia de Socieda-
des en el siguiente link: hp:/www. Supersociedades.gov.co/
asuntos económicos y contables y supervisión por riesgos/
prevención riesgo lavado de acvos/enlaces de interés/
Paginas/default.aspx.”
220-131974 DEL 05 DE OCTUBRE DE 2015
El hecho de que el miembro de la junta direcva de u na so-
ciedad anónima, facture sus hono rarios por conducto de una
empresa suyo, no signica que la persona jurídica deba ins-
cribirse como miembro de la junta direcva, por cuanto, de
una parte, la ley no previó dicha posibilidad, como no podría
hacerlo, toda vez que dicha facultad es indelegable, y de
otra, que los miembros que conforman dicho órgano de ad-
ministración son elegidos por la asamblea general, para pe-
ríodos determinados y por cuociente electoral, sin perjuicio
de que puedan ser reelegidos o removidos por la misma
asamblea.
220-132662 DEL 07 DE OCTUBRE DE 2015
En una sociedad por acciones simplicad a, de acuerdo con lo
consagrado en el arculo 39 de la Ley 1258 de 2008, pueden
espularse las causales por las cuales se podrá excluir a uno
o varios accionistas y el procedimiento que debe seguirse
para lograr dicho p ropósito. En el evento de no haberse pac-
tado nada al respecto, es necesario estarse al procedimiento
de reembolso p revisto en los arculos 14 a 16 de la Ley 222
de 1995.
220-132136 DEL 06 DE OCTUBRE DE 2015
El Decreto reglamentario 187 de 1975 en su arculo 6° deter-
mina el carácter familiar de una sociedad con base en los si-
guientes requisitos: a) la existencia de un control económico
nanciero o administravo. b ) Que d icho control sea ejercido
por personas ligadas entre sí por matrimonio o por par entesco
hasta el segundo grado de consanguinidad o único civil.
220-132770 DEL 07 DE OCTUBRE DE 2015
El régimen judicial de insolvencia, ene por objeto la protec-
ción del crédito y la recuperación y conservación de la empresa
como unidad de explotación económica y fuente generadora
de empleo, a través de los procesos de reorganización y de
liquidación judicial, siempre bajo el criterio de agregació n de
valor.
220-132742 DEL 07 DE OCTUBRE DE 2015
Cuando la disolución ocurre por vencimiento del término de
duración, se producirá aquélla entre los asociados y respe cto
de terceros, a parr de la fecha de expiración del término de
duración sin necesidad de formalidades especiales, es decir, sin
que el máximo órgano social así lo deba declarar. Situación
disnta ocurre con el nombramiento del liquidador, para lo
cual sí es menester que la asamblea general o la junta de so-
cios lo designe.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR