Oficio 220-143926 del 6 de junio de 2022 - Núm. 6-2022, Junio 2022 - Boletín Conceptos Jurídicos - Libros y Revistas - VLEX 910422442

Oficio 220-143926 del 6 de junio de 2022

Páginas5-7
5
Junio 2022
Boletín
Conceptos Jurídicos emitidos por
la Superintendencia de Sociedades
Oficio 220-143926 del 6 de junio de 2022
Doctrina:
Enajenación de una sucursal
de sociedad extranjera a otra
sociedad extranjera
Planteamiento:
“Actualmente, una sociedad extranjera posee una sucursal ubica-
da dentro del territorio colombiano que se encuentra debidamente
registrada en la cámara de comercio. La sociedad extranjera matriz
ha decidido transferir el cien por ciento (100%) de sus activos a otra
sociedad. De acuerdo con la normatividad vigente, se entiende que
dentro de la enajenación debería incluirse como activo la sucursal
de la sociedad vendedora que se encuentra ubicada en Colombia.
Es importante hacer énfasis en que para el caso presente no se está
ante una situación de liquidación o disolución forzosa.
Preguntas:
1. ¿Sería correcto afirmar que, en el proceso de venta de activos, se
debe incluir la sucursal de la sociedad extranjera, ubicada en Co-
lombia, como un establecimiento comercial?
2. ¿Qué acciones deben llevarse a cabo en Colombia respecto de la
venta de la sociedad matriz extranjera? ¿Debe realizarse una modi-
ficación a los documentos de constitución y registro de la sucursal
en Colombia? ¿Debe registrarse esta situación ante la Superinten-
dencia de Sociedades?
3. En caso que sea necesario, ¿A cuáles entidades se les debe re-
portar la venta de la sociedad matriz extranjera? ¿Debe hacerse al-
gún reporte ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales –
DIAN? ¿Debe hacerse algún reporte ante el Banco de la República?”

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