Oficio 220-159109 del 24 de Agosto de 2016 - Núm. 08-2016, Agosto 2016 - Boletín Conceptos Jurídicos - Libros y Revistas - VLEX 847011879

Oficio 220-159109 del 24 de Agosto de 2016

Páginas8-8
220-159109 DEL 24 DE AGOSTO DE 2016
En el arculo 1546 del Código Civil y en forma similar en el
arculo 871 del Código de Comercio, se determina que cuando
en el contrato bilateral uno de los contratantes incumple, el
otro ene la posibilidad de pedir bien sea la resolución del
contrato o la ejecución coacva d e la obligación incumplid a, en
ambos casos con indemnización de perjuicios. Es la denominada
condición resolutoria tácita.
220-160661 DEL 25 DE AGOSTO DE 2016
El arculo 48 de la Ley 222 d e 1995 con siste en la facultad de
que disponen todos los asociados de una compañía de
examinar, d irectamente o mediante persona delegada para tal
n, los libros y los comprobantes de la sociedad, con el n de
enterarse de la situación administrava y nanciera de la
compañía en la cual realizaron sus aportes.
220-161320 DEL 26 DE AGOSTO DE 2016
El arculo 241 del Código de Comercio, consagra como
excepción la posibilidad de que el responsable del proceso
pueda distribuir entre los asociados la parte de los acvos
sociales q ue exceda el doble del pasivo inventariado y no
cancelado al momento de hacerse la distribución.
220-162781 DEL 30 DE AGOSTO DE 2016
En arculo 369 del Código de Comercio, el cual prescribe que los
socios enen derecho a examinar, en cualquier empo, por sí o
por medio de un representante, la contabilidad de la sociedad,
los libros de registro de socios y de actas y, en general, todos los
documentos de la compañía.
220-164864 DEL 31 DE AGOSTO DE 2016
En el arculo 245 del Código de Comercio, “Cuando haya
obligaciones condicionales se hará una reserva adecuada en
poder de los liquidadores para atender dichas obligaciones si
llegaren a hacerse exigibles, la que se distribuirá entre los
asociados en caso contrario. La misma regla se aplicará en
caso d e obligaciones ligiosas, mientras termina el jui cio
respecvo.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR