Oficio 220-159109 del 24 de Agosto de 2016
Páginas | 8-8 |
220-159109 DEL 24 DE AGOSTO DE 2016
En el arculo 1546 del Código Civil y en forma similar en el
arculo 871 del Código de Comercio, se determina que cuando
en el contrato bilateral uno de los contratantes incumple, el
otro ene la posibilidad de pedir bien sea la resolución del
contrato o la ejecución coacva d e la obligación incumplid a, en
ambos casos con indemnización de perjuicios. Es la denominada
condición resolutoria tácita.
220-160661 DEL 25 DE AGOSTO DE 2016
El arculo 48 de la Ley 222 d e 1995 con siste en la facultad de
que disponen todos los asociados de una compañía de
examinar, d irectamente o mediante persona delegada para tal
n, los libros y los comprobantes de la sociedad, con el n de
enterarse de la situación administrava y nanciera de la
compañía en la cual realizaron sus aportes.
220-161320 DEL 26 DE AGOSTO DE 2016
El arculo 241 del Código de Comercio, consagra como
excepción la posibilidad de que el responsable del proceso
pueda distribuir entre los asociados la parte de los acvos
sociales q ue exceda el doble del pasivo inventariado y no
cancelado al momento de hacerse la distribución.
220-162781 DEL 30 DE AGOSTO DE 2016
En arculo 369 del Código de Comercio, el cual prescribe que los
socios enen derecho a examinar, en cualquier empo, por sí o
por medio de un representante, la contabilidad de la sociedad,
los libros de registro de socios y de actas y, en general, todos los
documentos de la compañía.
220-164864 DEL 31 DE AGOSTO DE 2016
En el arculo 245 del Código de Comercio, “Cuando haya
obligaciones condicionales se hará una reserva adecuada en
poder de los liquidadores para atender dichas obligaciones si
llegaren a hacerse exigibles, la que se distribuirá entre los
asociados en caso contrario. La misma regla se aplicará en
caso d e obligaciones ligiosas, mientras termina el jui cio
respecvo.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba