Concepto nº 220-034920, de Superintendencia de Sociedades, de 25 de Mayo de 2012 - Normativa - VLEX 401597117

Concepto nº 220-034920, de Superintendencia de Sociedades, de 25 de Mayo de 2012

Oficio 220-034920 Del 25 de Mayo de 2012

ASUNTO: Sociedad por Acciones Simplificada- Protocolo de Familia.

Me refiero a su comunicación radicada con el número 2012-01-087654, mediante la cual formula las siguientes consultas:

  1. Es posible establecer en los estatutos de una sociedad por Acciones Simplificadas, restricciones para algunos de sus miembros, en lo referente a la disposición y enajenación de las acciones de las que son propietarios? ¿Se les puede establecer alguna limitación para que estos miembros no realicen negocios que pongan en riesgo su patrimonio?

  2. ¿Es posible que en un Protocolo de Familia adoptado por familiares integrantes de una sociedad por Acciones Simplificadas, se establezcan condiciones que restrinjan la disposición de las acciones de algunos de sus miembros? ¿Cuál es la fuerza vinculante de dicha estipulación? ¿ en qué condiciones se puede realizar?.

  3. Es posible que en un protocolo de familia adoptado por familiares integrantes de una sociedad por acciones Simplificadas, ¿Se establezcan garantías y medidas frente algunas acciones para la protección del patrimonio de los miembros de la sociedad?

  4. En caso de establecer un usufructo a ciertas acciones de la sociedad, ¿ cuálesson las implicaciones de dicho usufructo en un proceso sucesoral? ¿Qué sucede en caso de muerte del nudo propietario?

  5. En caso de establecer usufructo a ciertas acciones de la sociedad ¿cuáles son las implicaciones de dicho usufructo en un proceso sucesoral? ¿Qué sucede en caso de muerte del nudo propietario?

    Para resolver las inquietudes por usted formuladas sea lo primero tener en cuenta las siguientes consideraciones legales:

    1. Conforme al artículo 25 del Código Contencioso Administrativo, la función de de atender consultas es general y abstracta, de suerte que resultan ajenas a las funciones de este organismo, emitir pronunciamientos sobre las condiciones de regulación estatutaria o de los protocolos de familia que se proyecte realizar por parte de los socios de cualquier sociedad comercial, si se tiene en cuenta que el marco de la competencia establecida corresponde a la inspección, vigilancia y control.

    2. Los estatutos, determinan el marco de funcionamiento de una sociedad y la regulación de las relaciones de los socios con la sociedad y de esta con los terceros. Es importante poner de presente que uno de los aspectos más relevantes dentro del marco normativo que incorporó al sistema actual las sociedades por acciones simplificadas, estriba precisamente en la posibilidad de estipular una serie de cláusulas que no tenían cabida anteriormente para las sociedades constituidas al amparo del Código de...

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