Concepto nº 220-007181, de Superintendencia de Sociedades, de 30 de Enero de 2012 - Normativa - VLEX 401748417

Concepto nº 220-007181, de Superintendencia de Sociedades, de 30 de Enero de 2012

Oficio 220-007181 Del 30 de Enero de 2012

ASUNTO: Funciones jurisdiccionales- Organización administrativa.

Me refiero a su comunicación radicada con el número 2011-01-394443, mediante la cual formula las siguientes preguntas:

  1. cuantos cuadernos conforman un proceso de liquidación y cuales son estos cuadernos?

    Porqué no obran dentro de cada expediente los escritos aportados por las diferentes partes de manera 2. puntual y pertinente?, si no que por el contrario están en desorden cronológico, sin ningún tipo de congruencia.

  2. Porque los autos emitidos por este Despacho están en desorden incompletos y no obran al interior de cada proceso?

  3. porque no se da el seguimiento pertinente los oficios emitidos por esta despacho? Sino que simplemente se expiden y ni siquiera se sabe si fueron enviados a sus destinatarios? No debería este firmar los autos que expide?

  4. quien(es) es (son) el (los) juez(ces) que conoce (n) los procesos liquidatorios?

  5. que ente resulta ser el superior jerárquico de la superintendencia de sociedades? es decir ante quien se impetran sendas quejas sobre la manera como se maneja los procesos liquidatorios?

  6. Que ente regula y vigila la gestión de la superintendencia de sociedades?

    Al respecto, sea lo primero poner de presente que algunas de las preguntas formuladas involucran premisas indefinidas que encierran una inconformidad particular, circunstancia por la cual estas inquietudes, solo podrían resolverse por el Grupo al que corresponda el respectivo trámite. Así pues, en el entendido que el grupo al que corresponden es el de liquidación judicial, le sugiero que se dirija a la referida dependencia mediante la identificación de la sociedad objeto del trámite.

    En lo que corresponde al punto primero, le informo que los cuadernos que conforman los procesos de liquidación judicial, son los siguientes: Actuación, Inventarios y Avalúos, en el que se archiva el Auto de Calificación y Graduación de Créditos; el de objeciones y el de rendición de cuentas.

    El punto quinto en el que se pregunta por el juez que conoce de los procesos de liquidación, me permito informarle que a la Superintendencia de Sociedades, le fueron atribuidas de acuerdo con el artículo 116 de la Constitución Política, funciones jurisdiccionales, las que reitera el artículo 90 de la Ley 222 de 1995, cuando dispone: “La Superintendencia de Sociedades asume la función jurisdiccional en uso de la facultad concebida en el artículo 116 inciso 3° de la Constitución Política. Será a competente de...

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