Concepto nº 340-50052, de Superintendencia de Sociedades, de 4 de Agosto de 2000 - Normativa - VLEX 451444729

Concepto nº 340-50052, de Superintendencia de Sociedades, de 4 de Agosto de 2000

  1. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante Decreto No. 836 del 18 de mayo de 1999, autorizó una operación al Fondo de Garantías de Instituciones Financieras, facultándolo para establecer una línea de crédito destinada a otorgar préstamos a los accionistas de los establecimientos de crédito y a terceros interesados, cuyo producto se destinará a la capitalización de los mismos establecimientos.

  2. Que para el desarrollo del citado decreto se expidieron las Resoluciones Nos. 006 y 11 de junio 30 y diciembre 6 de 1999, en su orden.

  3. La Resolución No. 006 en su artículo cuarto, establece: Como requisito previo al otorgamiento de los créditos de que trata la presente resolución, los respectivos establecimientos de crédito deberán sanear su balance con el fin de reducir el patrimonio técnico de forma tal que el mismo refleje razonablemente su valor económico, mediante la realización de varias operaciones, entre ellas la provisión de ciertos activos, tales como la cartera calificada en la categoría "C", "D" y "E", como también los saldos no provisionados de la totalidad de la cartera calificada en las categorías "A" y "B", respecto de la cual existan razones para considerarla de dudosa calidad.

    De otra parte, el artículo séptimo de la citada resolución, señala que: Una vez realizadas las provisiones indicadas en el numeral 1º del artículo cuarto de la presente resolución, los establecimientos de crédito deberán proceder a castigar los correspondientes activos y a transferirlos a un patrimonio autónomo constituido mediante un contrato de fiducia mercantil irrevocable en una sociedad fiduciaria que no esté directa o indirectamente relacionada o vinculada con el respectivo establecimiento de crédito.

  4. Las normas o principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia contenidos en el Decreto 2649 de 1993, y sus modificatorios, señalan en el capítulo II como uno de los objetivos básicos de la información contable, fundamentalmente el conocer y demostrar los recursos controlados por un ente económico, las obligaciones que tenga de transferir recursos a otros entes, los cambios que hubieren experimentado tales recursos y el resultado obtenido en el período. Y como una de las cualidades la confiabilidad, que se da cuando ésta es neutral, verificable y en la medida que represente fielmente los hechos económicos. (Se resalta)

  5. En su capitulo III, artículo décimo, referente a la norma básica de valuación o medición señala que tanto los...

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