Concepto nº 340-9221, de Superintendencia de Sociedades, de 8 de Febrero de 1999 - Normativa - VLEX 451468585

Concepto nº 340-9221, de Superintendencia de Sociedades, de 8 de Febrero de 1999

El artículo 1° del Decreto 2649 de 1993, expresa que apoyándose en los principios o normas de contabilidad generalmente aceptados en Colombia, la contabilidad permite identificar, medir, clasificar, registrar, interpretar, analizar, evaluar e informar, las operaciones de un ente económico en forma clara, completa y fidedigna.

Así mismo, el artículo 124 ibídem en relación con los comprobantes de contabilidad, señala en sus incisos 1°, 5° y 6°, que "Las partidas asentadas en los libros de resumen y en aquél donde se asienten en orden cronológico las operaciones, deben estar respaldadas en comprobantes de contabilidad elaborados previamente.

Los comprobantes de contabilidad pueden elaborarse por resúmenes periódicos, a lo sumo mensuales.

Los comprobantes de contabilidad deben guardar la debida correspondencia con los asientos en los libros auxiliares y en aquel en que se registren en orden cronológico todas las operaciones".

Concordante con lo anterior, el inciso 2° del artículo 53 del Código de Comercio, consagra que el comprobante de contabilidad es el documento que debe elaborarse previamente al registro de cualquier operación y en el cual...

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