Concepto nº 220-031511, de Superintendencia de Sociedades, de 23 de Mayo de 2010 - Normativa - VLEX 405630453

Concepto nº 220-031511, de Superintendencia de Sociedades, de 23 de Mayo de 2010

Oficio 220-031511 del 23 de Mayo de 2010

ASUNTO: Sociedad Anónima Simplificada, requiere autorización de esta Superintendencia para colocar bonos mediante oferta privada.

Me refiero a su comunicación radicada con el número 2010-01-093044 del 13 de abril de 2010, mediante la cual solicita un pronunciamiento sobre la vigencia y aplicación del concepto emitido por esta entidad mediante el oficio 220-58429 del 21 de noviembre de 2002 para cuando las S.A.S., en ejercicio de facultades contenidas en el artículo 4 de la ley 1258, emita BONOS y/o emita OTROS VALORES DE DEUDA, para ser colocados en el mercado mediante oferta privada. Así, con el fin del desarrollo legal de estas actividades la CONSULTA la elevamos en los siguientes términos:

SITUACIÓN ACTUAL.

“La ley 1258 de 2008, que crea las Sociedades por Acciones Simplificadas, en su artículo 45

establece:

Remisión: En lo no previsto en la presente ley, la sociedad por acciones simplificada se regirá por las disposiciones contenidas en los estatutos sociales, por las normas legales que rigen a la sociedad anónima y, en su defecto, en cuanto no resulten contradictorias, por las disposiciones generales que rigen a las sociedades previstas por el Código de Comercio….”

Ahora bien, la Ley 1258 de 2008 en su artículo 4°, SIN REQUISITO O REQUERIMIENTO PREVIO ALGUNO, facultó a las SAS para emitir acciones y demás valores. La única condición impuesta por la ley es que: no podrán inscribirse en el Registro Nacional de Valores y Emisores ni negociarse en bolsa.

Es claro que la facultad de emisión de “bonos” para las SAS. Está prevista y regulada en la ley 1258.

Por su parte la facultad de emisión de bonos para las sociedades anónimas está prevista y regulada en el Decreto 1026 de 1990 (junto con el instructivo expedido porla Supersociedades).

No podría a través de una norma de inferior rango, como es el Decreto 1026, modificar lo dispuesto en una ley.

Tampoco podría aplicarse indistintamente a las sociedades S.A.S. una norma establecida de manera exclusiva para las sociedades anónimas. Debe tenerse en cuenta que el espíritu de la Ley

1258 de 2008, que busca agilidad en la obtención de recursos para el financiamiento y desarrollo de las sociedades SAS. En el evento que éstas llegaren a emitir bonos, no debería solicitarse autorización previa a la Supersociedades en aplicación a lo dispuesto en el D 1026/90, pues la misma norma indica:

ARTÍCULO 1. Solo podrán captar y...

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