Concepto nº 220-15351, de Superintendencia de Sociedades, de 22 de Marzo de 2007 - Normativa - VLEX 412399305

Concepto nº 220-15351, de Superintendencia de Sociedades, de 22 de Marzo de 2007

220-15351 del 22 de Marzo de 2007

Ref.: Facultades de la Superintendencia de Sociedades frente a las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios.

Me refiero a su escrito radicado con el número 2007-01-024143, mediante el cual previa consideración que se trata de una Empresa Industrial y Comercial del Estado, del orden Municipal, cuya función es la prestación de los Servicios Públicos Domiciliarios de Acueducto y Alcantarillado en el Municipio de Mosquera, que concurrió como socia comanditaria en la constitución de una sociedad del tipo de las comanditas por acciones, denominada HYDROS MOSQUERA S en C ESP., sociedad en la que, en su opinión, se vienen presentado algunas irregularidades en violación a normas legales y estatuarias, entre otros ejemplos cita, la violación al derecho de inspección, normas de buen gobierno etc., expresamente solicita se le “….informe las razones por las cuales su entidad no ejerce las facultades administrativas contempladas en la Ley y el Decreto mencionados (se refiere al artículo 83 y subsiguientes de la Ley 222/95 y el Decreto 4350 del 2006), en procura de proteger a los socios de una sociedad comercial, y eventualmente a los terceros que se pueden ver afectados con las omisiones y/o violaciones administrativas, contables, funcionales, etc. de los estatutos sociales de la sociedad HYDROS MOSQUERA S en CA (sic) ESP., (Sociedad en Comandita por Acciones), sabiendo que la Ley vigente le da facultades aún hasta de oficio al Superintendente de Sociedades para realizarlo….”

Para responder su solicitud, se hace necesario efectuar las siguientes presiones:

  1. Si bien es cierto que a esta Entidad fueron allegadas copias de tres (3) escritos, dos de ellos, comunicaciones dirigidas al Gerente General de la sociedad HYDROS MOSQUERA S EN CA (sic) ESP, suscritas por el Gerente de EAMOS, el Alcalde (e) del Municipio de Mosquera y el Supervisor del Convenio, referidas a la liquidación del Convenio identificado con el numero 001 de 2004, y un tercer documento también dirigido al Gerente de HYDROS, suscrito tanto por el Gerente de EAMOS como por el Representante de los Accionistas Usuarios, en el que le solicitan citar con carácter urgente a la junta directiva de la empresa, a fin de tratar los puntos en él contenidos, también lo es que ninguno de ellos contiene petición clara y expresa dirigida a alguna Entidad, se trata de copias informales enviadas, entre otras, a esta Superintendencia, a la de Servicios Públicos Domiciliarios y a la Contraloría Departamental de Cundinamarca.

    Sobre el particular, debe tenerse presente que conforme con lo dispuesto en los artículos 5 y 9 del C. C. A., para la atención de peticiones en...

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