OFICIO ADUANERO NUMERO 282 DE 2008 , (septiembre 12 ) - 12 de Septiembre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50039770

OFICIO ADUANERO NUMERO 282 DE 2008 , (septiembre 12 )

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín47198

Bogotá, D.

C., 12 de septiembre de 2008 S eñor JUAN PABLO ALFONSO Coordinador Comercial COLVAN SIA S.

A.

Avenida El Dorado 96 A -47 Ciudad Referencia: Consulta radicada bajo el número 87574 de 26/08/2008 De conformidad con el artículo 11 del Decreto 1265 de 1999 y el artículo 11 de la Resolución 1618 del 22 febrero de 2006, esta División es competente para absolver de manera general las consultas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas aduaneras y cambiarías de carácter nacional.

En este sentido se emite el presente concepto.

En atención al radicado de la referencia, mediante el cual se consulta si para dar por terminada la modalidad de importación de transformación y ensamble un ALTEX o un UAP pueden actuar a nombre de un tercero que tiene derecho a una franquicia, se observa lo siguiente: Esta oficina mediante el Concepto Jurídico número 154 de 2001, del cual anexo copia, en la tesis jurídica indicó que: " La modalidad de importación para transformación y ensamble sólo puede ser terminada por la empresa ensambladora".

Ahora bien si el Usuario Aduanero Permanente o el Usuario Altamente Exportador es a su vez el beneficiario del depósito de transformación y ensamble, de conformidad con lo indicado en el inciso anterior, se establece que es este el único que puede dar por terminada la modalidad de transformación y ensamble.

Por su parte, el artículo 11 del Decreto 2685 de 1999, modificado por el Decreto 2883 de 2008, es claro al indicar que los Usuarios Aduaneros Permanentes y Usuarios Altamente Exportadores pueden actuar directamente ante las autoridades aduaneras como declarantes o a través de agencias de aduana, pero no en representación de terceros.

Por lo cual se concluye que no es procedente que un Usuario Aduanero Permanente o un Usuario Altamente Exportador pueda dar por terminada la modalidad...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR