Oficio al proyecto de ley 203 de 2008 senado 165 de 2007 cámara - 22 de Mayo de 2009 - Gaceta del Congreso - Legislación - VLEX 451359070

Oficio al proyecto de ley 203 de 2008 senado 165 de 2007 cámara

OFICIO AL PROYECTO DE LEY 203 DE 2008 SENADO, 165 DE 2007 CÁMARAadopción de Normas Internacionales de Infor-mación Financiera para la presentación de informes contables.

Bogotá, D. C., mayo 12 de 2009

CTCP N° 000/2009

Doctor

LUIS GUILLERMO PLATA

Ministro de Comercio, Industria y Turismo

Calle 28 N° 13A-15

Ciudad.

Referencia: Proyecto de ley número 165 de 2007 Cámara, 203 de 2008 Senado, adopción de Normas Internacionales de Información Financiera para la presentación de informes contables.

Respetado doctor:

En desarrollo de lo previsto en los artículos 2° y 16 de la Resolución 001 de 2008 expedida por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública y cumplido el trámite previsto en esta disposición, aportamos nuestros comentarios en atención a su amable solicitud, consistente en dar nuestro concepto sobre los efectos de este proyecto de ley.

Consideraciones

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública realizó un juicioso análisis del Proyecto de ley número 165 de 2007 Cámara, 203 de 2008 Senado, observando un proceso de mejoramiento derivado de la discusión que el mismo ha tenido, en particular el cambio del enfoque, ya que tal proyecto, como hoy se concibe, no versa sobre la adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera - NIIF, sino por el contrario, sobre la convergencia con tales normas, aspectos de orden técnico que son sumamente diferentes.

Este cambio nos parece fundamental y se ajusta plenamente a la metodología adoptada por la mayoría de los países del mundo, que en la práctica no han adoptado estas normas, sino que han asumido su convergencia, tal como lo demuestra el proceso llevado a cabo en España, que culminó con la expedición de los Reales Decretos 1514 y 1515 del 16 de noviembre de 2007, los cuales versan sobre el Plan General de Contabilidad para ese país y así mismo sobre el Plan General de Contabilidad para Pequeñas y Medianas Empresas. Tales decretos son una clara muestra de un sistema de convergencia con las NIIF.

Huelga decir que los Estados Unidos ¿nuestro primer socio comercial¿ y con quien aspiramos a celebrar un Tratado de Libre Comercio, para lo cual son vitales las normas contables, no adoptará las NIIF, ya que se encuentra también en un proceso de convergencia con sus reglas contables, los US GAAP, como se desprende del llamado ¿Acuerdo de Norwalk¿ (Norwalk Agreement), suscrito entre el Financial Accounting Standards Board - FASE de los Estados Unidos y el International Accounting Standards Board - IASB, que fue dado a conocer a la opinión pública en septiembre de 2002, mediante el cual se suscribió un compromiso de lograr la ¿Convergencia de las Normas Contables¿.

Así pues, resulta atinado el haber cambiado el enfoque del proyecto de adopción de las NIIF, por un sistema de convergencia, pues este cambio permitirá que la reglamentación que posteriormente expida el Gobierno Nacional resulte apropiada para los fines internacionales que se persiguen. Por ello, celebramos esta decisión de asumir la convergencia con las NIIF, en lugar de su adopción.

No obstante lo expuesto, le asisten a este Consejo algunas preocupaciones que consideramos deben ser tenidas en cuenta por el honorable Senado de la República y para lo cual esperamos contar con el beneplácito de ese respetable Ministerio, sobre los siguientes aspectos fundamentales:

  1. El futuro de la Contaduría Pública, como profesión liberal, ya que a nuestro juicio, el proyecto en la práctica posibilita que otros profesionales preparen Estados Financieros y demás información conexa, soslayando así una realidad profesional definida en la Ley 43 de 1990 que señala las actividades propias y reservadas de manera exclusiva al Contador Público.

    En efecto, en el artículo 2° Ambito...

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