Operadores portuarios tienen que registrarse - 4 de Abril de 2016 - El Tiempo - Noticias - VLEX 631974413

Operadores portuarios tienen que registrarse

Medidas

Los operadores portuarios marítimos y fluviales que operan en el país tienen la obligación de registrarse ante la Superintendencia de Puertos y Transporte. Esta medida entró a regir desde el pasado 15 de marzo, de acuerdo con la resolución 07726 del primero de marzo que expidió la citada Superintendencia. Los diferentes agentes portuarios tienen plazo de dos meses para cumplir con este trámite de inscripción. Quienes incumplan la medida serán sancionados, multados y, según el caso, la licencia de operación les podrá ser cancelada, según contempla la resolución. Los operadores portuarios marítimos y fluviales son todas aquellas personas naturales o jurídicas que prestan servicios en los puertos como los de cargue y descargue de mercancía, almacenamiento, bodegas, patios, tanques, silos, remolque de naves, grúas, montacargas, dragado, pesaje, marcación, aprovisionamiento, embalaje, suministro de aparejos y alquiler de equipos. El registro de estos operadores se hizo con el fin de ejercer un mayor control sobre estas operaciones y trabajadores que a la fecha no requieren ningún permiso para cumplir con esas tareas. La reglamentación busca, según la Superpuertos, garantizar que todos los servicios portuarios se presenten en condiciones de seguridad, eficiencia, calidad y...

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