¿Cómo operan los convenios para la prevención del IMAS? - 5 de Mayo de 2014 - El Tiempo - Noticias - VLEX 509324738

¿Cómo operan los convenios para la prevención del IMAS?

Sí, los mecanismos para eliminar la doble imposición, consagrados en los Convenios para eliminar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal son de obligatoria observancia en la determinación del Impuesto Mínimo Alternativo Simple IMAS. A esa misma conclusión arribó la Autoridad Tributaria Nacional en el Oficio No. 309 del 19 de marzo del 2014 en el cual analizó: (i)En el derecho interno, el artículo 254 del Estatuto Tributario Nacional consagra el descuento por impuestos pagados en el exterior, señalando que su finalidad es la eliminación de la doble imposición jurídica internacional de la cual gozan, entre otros, contribuyentes del impuesto sobre la renta, las personas naturales residentes en el país que perciban rentas de fuente extranjera tenga Colombia en vigor o no un Convenio para Evitar la Doble Imposición Internacional con el país de la fuente de la renta. (ii) El IMAS es un sistema de determinación simplificado y optativo del impuesto sobre la renta en Colombia, aplicable a personas naturales residentes en el país, clasificadas en las categorías tributarias de empleados y trabajadores por cuenta propia. En dicho sistema se parte de la sumatoria total de los ingresos ordinarios y extraordinarios obtenidos por el residente durante el respectivo período gravable. (iii) Los Convenios para evitar la Doble Imposición en general, tienen como finalidad la de repartir la potestad tributaria de los Estados contratantes y así eliminar la doble imposición determinando cuál de los dos Estados tiene la potestad impositiva para gravar las rentas y cómo se ejerce esa potestad. (iv) La Decisión...

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